MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Viña Concha y Toro S.A.

RUT 90227000-0 CVE 2818120
Fecha instrumento
21 de abril de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de abril de 2026
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 21.757

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Que con fecha 14 de Mayo de 2026, se redujo a escritura pública, ante mí, el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de Viña Concha y Toro S.A., celebrada en Santiago el 21 de abril de 2026, en la cual se acordó, entre otras materias: (1) actualizar y modernizar el objeto de la sociedad, modificando y reemplazando al efecto el Artículo Segundo de los estatutos sociales por el siguiente: “El objeto de la Sociedad es i) la elaboración, comercialización, distribución, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, de vinos y otras bebidas, sean éstas alcohólicas o analcohólicas, incluidas cervezas, piscos u otros licores; ii) la producción y comercialización de uvas viníferas y otros productos agrícolas, y el aprovechamiento comercial o industrial de sus subproductos o derivados; iii) la elaboración y comercialización de productos derivados o asociados a la uva o vino; iv) la realización de acciones de investigación, innovación y desarrollo en áreas asociadas, directa o indirectamente, a los giros antes señalados; v) efectuar inversiones permanentes o de renta en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales. Para estos efectos, la Sociedad podrá adquirir, conservar, vender, enajenar y negociar en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de acciones, bonos, debentures, valores mobiliarios y percibir sus frutos y rentas; y vi) la prestación de servicios y la realización de toda clase de negocios o actividades que sean necesarios para, conducentes a o que digan relación con cualquiera de las acciones de su giro”; y (2) en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 21.757, modificar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, en materias que no son objeto de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de Mayo 2026.