Instrumento
- Fecha
- 22 de octubre de 2026
- Notario
- CECILIA VERONICA SILVA LEIVA
- Domicilio
- Quillota
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la comuna de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
Se nombra como administradora de la sociedad, para que actúe en los términos y con las facultades señaladas en el artículo noveno de los estatutos a doña NADIA CATALINA VERGARA LOPEZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el artículo decimo de los estatutos. Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación del administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCECILIA VERONICA SILVA LEIVA, Abogado, Notario Público Quillota, Suplente del Titular don Hugo Patricio Monroy Foix, autorizada judicialmente, con oficio en esta ciudad, Calle O´Higgins N° 414, Región de Valparaíso certifica que: Por escritura pública de hoy ante mí, doña NADIA CATALINA VERGARA LOPEZ, C.I. Nº 18.510.034-0, domiciliada en Calle Eduardo Meins N°286, Población San Nicolás, comuna de Hijuelas y don RAUL JERÓNIMO VERGARA LOPEZ, C.I. 21.311.201-5 domiciliado en Calle Ex Los Aromos número uno, Petorquita, Hijuelas, constituyeron una Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos extracto: NOMBRE: El nombre o razón social de la sociedad será “VERTRUCK SpA” y podrá actuar con ese nombre, incluso ante bancos e instituciones financieras. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual la Sociedad podrá establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios de transporte de carga por carretera, nacional e internacional, incluyendo el transporte de mercaderías, materias primas, productos terminados y encomiendas, por cuenta propia o de terceros; b) La compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización, al por mayor y al por menor, de partes, piezas, repuestos y accesorios para vehículos automotores; c) El arrendamiento y alquiler de vehículos automotores sin chofer, de todo tipo y clase, de su propiedad o de terceros; d) El mantenimiento, reparación, mecánica, lubricación y servicios técnicos de vehículos automotores; e) La venta al por menor por correo, por internet, por plataformas digitales y por vía telefónica, de toda clase de bienes y productos, incluyendo los señalados en este artículo; f) La fabricación, confección, importación, exportación y comercialización de prendas de vestir de materiales textiles y similares; g) La realización de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, la adquisición, enajenación y administración de ellos, y la percepción de sus frutos; h) La prestación de toda clase de servicios y asesorías relacionados con las actividades anteriores, y en general, la ejecución de cualquier otro acto, contrato o actividad complementaria, accesoria o conexa con el objeto social que los socios acuerden, sea en Chile o en el extranjero. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL: La suma de $10.000.000 (diez millones de pesos), dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Se suscribe y paga así: doña Nadia Catalina Vergara López suscribe setenta y cinco acciones por la suma de $7.500.000.- pesos y don Raúl Jerónimo Vergara López suscribe veinticinco acciones por la suma de $2.500.000, pagaderas dentro del plazo de cinco años contado desde esta fecha, según las necesidades de la sociedad. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: Se nombra como administradora de la sociedad, para que actúe en los términos y con las facultades señaladas en el artículo noveno de los estatutos a doña NADIA CATALINA VERGARA LOPEZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el artículo decimo de los estatutos. Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación del administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. Demás estipulaciones escritura extractada. Quillota, 22 de octubre de 2026.-
Preguntas frecuentes
¿Qué se publicó sobre VERTRUCK SpA en el Diario Oficial?
El Diario Oficial publicó el 29 de octubre de 2026 un extracto de constitución de VERTRUCK SpA, en la Sección 5 (Empresas y Cooperativas).
¿Ante qué notario se otorgó la escritura?
La escritura del 22 de octubre de 2026 se otorgó ante Cecilia Veronica Silva Leiva.
¿Cuál es el capital de VERTRUCK SpA?
El extracto indica un capital de $10.000 CLP.
¿Dónde se puede ver el documento oficial?
El extracto original está disponible en PDF en el sitio del Diario Oficial (diariooficial.interior.gob.cl), edición del 29 de octubre de 2026.