TRILLION BRANDS SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de octubre de 2026
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 08 de Octubre de 2026, repertorio número 9.593-2026, otorgada ante mí, comparece VENTURES 86 SpA, RUT 78.159.949-2, debidamente representada, domiciliada para estos efectos en San Pío X número 2390, Oficina 805, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, en calidad de única y actual accionista de TRILLION BRANDS SpA (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fs. 109.330 Nº 40.762, Registro de Comercio Santiago año 2025, se reformaron los estatutos de la Sociedad, en el siguiente sentido: i) Aumentó el capital desde la suma de $1.000.000.- dividido en 10.000 acciones ordinarias, a la suma de $40.710.430.- dividido en 407.104 acciones ordinarias; y, ii) Modificó los artículos quinto y primero transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de $40.710.430.-, dividido en 407.104 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan de la manera expresada en las disposiciones transitorias del presente estatuto social. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán integrarse con dinero en efectivo o con otros bienes. La valoración de estos aportes se fijará de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero en efectivo. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y estos tendrán derecho de opción preferente. Los aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo que acuerde la respectiva junta de accionistas, contado desde la fecha del acuerdo respectivo. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el Administrador o el Gerente General de la Sociedad deberá proceder al cobro de los montos adeudados, si no hubiere entablado antes las acciones correspondientes, salvo que la junta de accionistas lo hubiere autorizado para abstenerse al cobro, caso en el cual el capital quedará reducido a la cantidad efectivamente pagada. Agotadas las acciones de cobro, el Administrador o el Gerente General deberá proponer a la junta de accionistas la aprobación del castigo del saldo insoluto y la reducción del capital a la cantidad efectivamente recuperada. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado no gozarán de derecho alguno.”; y, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad, ascendente a la suma de $40.710.430.-, dividido en 407.104 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, se suscribe, entera y paga en los términos que se indican a continuación: /a/ Con la suma de un $1.000.000.- dividido en 10.000 acciones ordinarias, íntegramente suscritas y pagadas por VENTURES 86 SpA con anterioridad a esta fecha; y, /b/ Con la suma de $39.710.430.- dividido en 397.104 acciones ordinarias, íntegramente suscritas y pagadas en este acto por VENTURES 86 SpA mediante el aporte en dominio de las acciones de las siguientes sociedades: i) Con 10.000 acciones ordinarias de MOUVAIR SpA, valorizadas en un $1.419.000.-; ii) Con 10.000 acciones ordinarias de MUVTER SpA, valorizadas en $36.953.430.-; y, iii) Con 1.000 acciones ordinarias de EVERSKIN SpA, valorizadas en $1.338.000.-. Estas acciones se aportan en dominio a la Sociedad, libres de prendas, usufructos, arrendamientos, prohibiciones, embargos, promesas de venta, derechos a favor de terceros, limitaciones al dominio, derechos de retención, prohibiciones, interdicciones y litigios.”. Además la notario certifica: Que teniéndose a la vista el libro de accionistas de la Sociedad, VENTURES 86 SpA figura como única accionista de TRILLION BRANDS SpA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador para la legalización. Santiago,16 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué se publicó sobre TRILLION BRANDS SpA en el Diario Oficial?
El Diario Oficial publicó el 29 de octubre de 2026 un extracto de modificación de TRILLION BRANDS SpA, en la Sección 5 (Empresas y Cooperativas).
¿Cuál es el RUT de TRILLION BRANDS SpA?
El RUT de TRILLION BRANDS SpA es 78.231.655-9.
¿Ante qué notario se otorgó la escritura?
La escritura del 8 de octubre de 2026 se otorgó ante María Patricia Donoso Gomien, Vigésima Séptima Notaría de Santiago.
¿Cuál es el capital de TRILLION BRANDS SpA?
El extracto indica un capital de $1.000.000 CLP.
¿Dónde se puede ver el documento oficial?
El extracto original está disponible en PDF en el sitio del Diario Oficial (diariooficial.interior.gob.cl), edición del 29 de octubre de 2026.