Instrumento
- Fecha
- 8 de octubre de 2026
- Repertorio
- 3834
- Notario
- ALVARO VALDEBENITO SALGADO
- Oficio
- Primera Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- La duración de la Sociedad será de 20 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, contados desde el vencimiento del plazo original o de su respectiva prórroga, a menos que uno de los socios exprese su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo original o del período en vigencia, mediante una declaración hecha por escritura pública y de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con a lo menos 6 meses de anticipación a la fecha en que expire el respectivo período de
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a doña Florencia Lund Varela o a don Agustín Lorenzo Taladriz Bengoa, quienes, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, así como la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones y, en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna, en especial pero no limitadamente con aquellas indicadas en el artículo octavo de los estatutos. (iii)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO VALDEBENITO SALGADO, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Temuco, con oficio en la comuna de Temuco, calle Hochstetter N° 560, certifico: Por escritura pública de Repertorio N° 3834 – 2026 de fecha 08 de Octubre de 2026, ante mí, doña Florencia Lund Varela y don Agustín Lorenzo Taladriz Bengoa, ambos domiciliados en Senador Estébanez N° 880, departamento 253, comuna y ciudad de Temuco, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada (la “Sociedad”), de cuyos estatutos extracto lo siguiente: (i) Razón social: “Agrícola Talun Limitada”. (ii) Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a doña Florencia Lund Varela o a don Agustín Lorenzo Taladriz Bengoa, quienes, actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, así como la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones y, en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna, en especial pero no limitadamente con aquellas indicadas en el artículo octavo de los estatutos. (iii) Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000, íntegramente aportado y pagado por los socios en dinero efectivo en las siguientes proporciones: i) doña Florencia Lund Varela aportó y pagó la suma de $990.000, equivalentes al 99% del capital y los derechos sociales; y ii) don Agustín Lorenzo Taladriz Bengoa aportó y pagó la suma de $10.000, equivalentes al 1% del capital y los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. (iv) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: i) la explotación agrícola y frutícola de los predios que sea dueña, arrendataria o tenedora a cualquier título, por cuenta propia o ajena; ii) la compra, venta, exportación, importación, comercialización, distribución y desarrollo de toda clase de bienes corporales o incorporales y servicios, especialmente productos agrícolas, hortofrutícolas o de cultivo, ya sea a través de ventas directas o por intermediarios, por cuenta propia o de terceros; iii) dar y tomar bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, en arrendamiento, subarrendamiento o cualquiera otra forma de cesión de su uso o goce, que permita el ejercicio de las actividades agrícolas, hortofrutícolas o de cultivo; iv) adquirir e importar bienes, servicios, insumos, productos, instrumentos, maquinarias y herramientas necesarias a sus fines; v) otorgar servicios de almacenamiento, embalaje, packing y de asesoría a terceros, ya sea por cuenta propia o ajena; vi) efectuar labores de inspección, muestreo, control y certificación de calidad respecto de los productos; vii) el transporte terrestre de carga dentro o fuera del país en cualquiera de sus formas, ya sea por cuenta propia o ajena; viii) la prestación de servicios profesionales y asesorías en cualquiera materia relacionada al objeto social; ix) la inversión en bienes raíces y muebles, corporales e incorporales, en especial en acciones, bonos, debentures, cuotas de fondos mutuos o de inversión, pagarés, títulos de deuda, derechos sociales, efectos de comercio y valores mobiliarios en general; x) la participación en todo tipo de sociedades en Chile y/o en el extranjero; xi) la administración, explotación, percepción de los frutos y enajenación de los bienes y derechos que adquiera; y, xii) en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean conducentes a la consecución de los fines sociales en la actualidad o en el futuro y cualquier otro acto que acordaren los socios. (v) Duración: La duración de la Sociedad será de 20 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, contados desde el vencimiento del plazo original o de su respectiva prórroga, a menos que uno de los socios exprese su voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo original o del período en vigencia, mediante una declaración hecha por escritura pública y de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con a lo menos 6 meses de anticipación a la fecha en que expire el respectivo período de vigencia. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 09 de Octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué se publicó sobre Agrícola Talun Limitada en el Diario Oficial?
El Diario Oficial publicó el 24 de octubre de 2026 un extracto de constitución de Agrícola Talun Limitada, en la Sección 5 (Empresas y Cooperativas).
¿Ante qué notario se otorgó la escritura?
La escritura del 8 de octubre de 2026 se otorgó ante Alvaro Valdebenito Salgado, Primera Notaría de Temuco.
¿Cuál es el capital de Agrícola Talun Limitada?
El extracto indica un capital de $1.000.000 CLP.
¿Dónde se puede ver el documento oficial?
El extracto original está disponible en PDF en el sitio del Diario Oficial (diariooficial.interior.gob.cl), edición del 24 de octubre de 2026.