Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 11001/2026
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
- El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios relacionados con todas las áreas de la medicina, otorgar tratamientos médicos generales o especiales, proporcionar atención médica y consultas en centros de salud y a domicilio, informes, elaboración de proyectos, avances científicos, e investigación en el área de la salud; Asimismo, se comprende la prestación de servicios profesionales integrales en el área de la matronería, obstetricia, ginecología, neonatología y afines, en los cuales se incluye las consultas, monitorización fetal, entre otras; b) Obtener rentas de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y la explotación a cualquier título de dichos bienes y percepción de frutos y productos que de ellos provengan. Queda expresamente comprendido el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma cesión, uso o goce temporal de bienes corporales muebles o inmuebles, se encuentren o no amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial y de todo tipo de establecimientos de comercio; c) La explotación de establecimientos comerciales destinados a la compra, venta, comercialización, y distribución, de confites, bebidas, cafeterías y alimentos elaborados, como asimismo prestar servicios de catering o similares, servicio de eventos y espectáculos; y d) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione con el objeto principal.- ARTICULO TERCERO:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 24 de Septiembre de 2026, Repertorio 11.001/2026, ante mi, don GUILLERMO ENRIQUE ICARTE OPAZO, chileno, casado en régimen de separación total de bienes con la compareciente doña ISADORA AMARANTA PÉREZ LAISSLE, médico cirujano, cédula nacional de identidad número 8.646.553-1, y doña ISADORA AMARANTA PÉREZ LAISSLE, chilena, casada en régimen de separación total de bienes con el compareciente don GUILLERMO ENRIQUE ICARTE OPAZO, matrona, cédula nacional de identidad número 17.303.155-6, ambos domiciliados para estos efectos en Brown Norte número mil trescientos treinta y uno, departamento número doscientos tres, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana: vienen en constituir una Sociedad por Acciones por los siguientes estatutos: ESTATUTOS DE “ICARTE PEREZ SpA”: ARTÍCULO PRIMERO: El nombre o razón social de la sociedad será “ICARTE PEREZ SpA” El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales u oficinas, así como también fijar domicilio en otros lugares del país o en el extranjero.- ARTICULO SEGUNDO: Objeto.- El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios relacionados con todas las áreas de la medicina, otorgar tratamientos médicos generales o especiales, proporcionar atención médica y consultas en centros de salud y a domicilio, informes, elaboración de proyectos, avances científicos, e investigación en el área de la salud; Asimismo, se comprende la prestación de servicios profesionales integrales en el área de la matronería, obstetricia, ginecología, neonatología y afines, en los cuales se incluye las consultas, monitorización fetal, entre otras; b) Obtener rentas de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y la explotación a cualquier título de dichos bienes y percepción de frutos y productos que de ellos provengan. Queda expresamente comprendido el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma cesión, uso o goce temporal de bienes corporales muebles o inmuebles, se encuentren o no amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial y de todo tipo de establecimientos de comercio; c) La explotación de establecimientos comerciales destinados a la compra, venta, comercialización, y distribución, de confites, bebidas, cafeterías y alimentos elaborados, como asimismo prestar servicios de catering o similares, servicio de eventos y espectáculos; y d) Cualquier otro negocio o actividad que se relacione con el objeto principal.- ARTICULO TERCERO: Duración.- La duración de la sociedad será indefinida.- ARTICULO CUARTO: Capital.- El capital de la sociedad será la cantidad de cinco millones de pesos, dividido en cien acciones, todas nominativas de igual valor y sin valor nominal que se suscriben, enteran y pagan en este de acto. ARTICULO SEXTO: Sin perjuicio de las materias que correspondan a la junta de accionistas, o a la totalidad de los Accionistas actuando conjuntamente, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a quien determine los Accionistas de la Sociedad. Las demás cláusulas en la escritura extractada. Santiago 24 de Septiembre de 2026. Mmo.
Preguntas frecuentes
¿Qué se publicó sobre Icarte Perez SpA en el Diario Oficial?
El Diario Oficial publicó el 15 de octubre de 2026 un extracto de constitución de Icarte Perez SpA, en la Sección 5 (Empresas y Cooperativas).
¿Ante qué notario se otorgó la escritura?
La escritura del 24 de septiembre de 2026 se otorgó ante Cosme Fernando Gomila Gatica, Cuarta Notaría de Santiago.
¿Dónde se puede ver el documento oficial?
El extracto original está disponible en PDF en el sitio del Diario Oficial (diariooficial.interior.gob.cl), edición del 15 de octubre de 2026.