Instrumento
- Fecha
- 4 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 46741-2026
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) la elaboración, diseño, confección y fabricación de toda clase de vestuarios, prendas de vestir y calzados de toda índole, especialmente de carácter infantil, y de cualquier otro tipo de implementos o accesorios relacionados; b) la importación y exportación de dichos bienes y demás productos relacionados, pudiendo asimismo realizar todas las actividades de comercialización, distribución y venta asociadas de dichos bienes; y, c) toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con el objeto indicado. Para el logro de sus objetivos, la sociedad además podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte
Administración
La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a ciertos Administradores, designándose a doña Janine Vergara Wrege y doña Gerti Wrege Busch como tales, las cuales actuarán en la forma y limitaciones indicadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea 3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 04 de septiembre de 2026, Repertorio N° 46.741-2026, ante doña Patricia Isabel Rojas Morales, Notario Público Suplente de esta Notaria, doña Janine Vergara Wrege, domiciliada en calle Virginia 8091, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, y doña Gerti Wrege Busch, del mismo domicilio, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: RAZÓN SOCIAL: “TURINGIA GROUP SpA”. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a ciertos Administradores, designándose a doña Janine Vergara Wrege y doña Gerti Wrege Busch como tales, las cuales actuarán en la forma y limitaciones indicadas en la escritura extractada. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.- pesos, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en dicho acto, de la siguiente forma: a) doña Janine Vergara Wrege suscribe y paga la cantidad de 51 acciones, por la suma total de $510.000.- pesos; y, b) doña Gerti Wrege Busch suscribe y paga la cantidad de 49 acciones, por la suma total de $490.000.- pesos. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) la elaboración, diseño, confección y fabricación de toda clase de vestuarios, prendas de vestir y calzados de toda índole, especialmente de carácter infantil, y de cualquier otro tipo de implementos o accesorios relacionados; b) la importación y exportación de dichos bienes y demás productos relacionados, pudiendo asimismo realizar todas las actividades de comercialización, distribución y venta asociadas de dichos bienes; y, c) toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con el objeto indicado. Para el logro de sus objetivos, la sociedad además podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración indefinida. Se facultó al portador del extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 24 de septiembre de 2026.