CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Servicios Médicos e Inversiones Pérez Velásquez SpA

CVE 2880543
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
23 de septiembre de 2026
Repertorio
5131-2026
Notario
FOUAD FARAH SALAZAR
Oficio
Titular de la 9ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) la administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea para particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional; la prestación de servicios de bienestar y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con dichas prestaciones; la realización de actividades de docencia, capacitación y formación vinculadas al área de la salud; la explotación, administración y operación de centros médicos, clínicas, establecimientos de atención de salud y toda clase de recintos destinados a la prestación de servicios médicos; la adquisición, explotación, administración, arriendo y comercialización de equipos, maquinarias e instrumentos médicos y tecnológicos destinados a la atención sanitaria; la contratación de profesionales, técnicos, administrativos y todo tipo de personal necesario para la operación y funcionamiento de dichos centros, equipos y servicios; la compra, venta, arriendo, distribución y comercialización de toda clase de insumos médicos; b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas, sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización, en forma directa o indirecta, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos; construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y d) el asesoramiento empresarial y en materia de gestión, pudiendo realizar toda clase de actos, contratos y operaciones relacionados directa o indirectamente con los objetos señalados, así como cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho

Administración

La administración y representación de la sociedad corresponderá exclusivamente a doña FERNANDA ALEJANDRA PAZ PÉREZ VELÁSQUEZ, quien se obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FOUAD FARAH SALAZAR, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 9ª Notaría de Santiago, don Pablo González Caamaño, con oficio en calle Teatinos Nº 333 entrepiso, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 23 de septiembre de 2026, repertorio Nº 5131-2026, otorgada ante el Titular, las comparecientes doña FERNANDA ALEJANDRA PAZ PÉREZ VELÁSQUEZ, cédula de identidad Nº17.345.689-1, domiciliada en calle Crisantemos Nº919, departamento Nº603, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y doña ALEJANDRA ELENA VELÁSQUEZ BAZÁES, cédula de identidad Nº7.709.039-8, domiciliada en calle Málaga Nº146, departamento Nº42, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones denominada “Servicios Médicos e Inversiones Pérez Velásquez SpA”. DOMICILIO: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. OBJETO: El objeto de la Sociedad será: a) la administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea para particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional; la prestación de servicios de bienestar y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con dichas prestaciones; la realización de actividades de docencia, capacitación y formación vinculadas al área de la salud; la explotación, administración y operación de centros médicos, clínicas, establecimientos de atención de salud y toda clase de recintos destinados a la prestación de servicios médicos; la adquisición, explotación, administración, arriendo y comercialización de equipos, maquinarias e instrumentos médicos y tecnológicos destinados a la atención sanitaria; la contratación de profesionales, técnicos, administrativos y todo tipo de personal necesario para la operación y funcionamiento de dichos centros, equipos y servicios; la compra, venta, arriendo, distribución y comercialización de toda clase de insumos médicos; b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas, sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización, en forma directa o indirecta, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos; construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas y asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y d) el asesoramiento empresarial y en materia de gestión, pudiendo realizar toda clase de actos, contratos y operaciones relacionados directa o indirectamente con los objetos señalados, así como cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho. CAPITAL: $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas de única serie y sin valor nominal, que las accionistas enteran de la siguiente forma: doña FERNANDA ALEJANDRA PAZ PÉREZ VELÁSQUEZ aporta $520.000, equivalente al 52% del capital social, correspondiente a 52 acciones; y doña ALEJANDRA ELENA VELÁSQUEZ BAZÁES aporta $480.000, equivalente al 48% del capital social, correspondiente a 48 acciones. Los aportes ingresan en caja social en este acto, de contado. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración y representación de la sociedad corresponderá exclusivamente a doña FERNANDA ALEJANDRA PAZ PÉREZ VELÁSQUEZ, quien se obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna. DURACIÓN: Indefinida, a contar de la fecha de la escritura. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.