Rivas & Rivas Abogados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2026
- Repertorio
- 18935/2026
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables tácita, sucesiva y automáticamente por períodos de 5 años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública inscrita al margen de la inscripción de este extracto en el Registro de Comercio y notificada por carta certificada, antes de la expiración del plazo de vigencia que estuviere corriendo
Objeto social
La prestación de servicios de asesoramiento y representación jurídica
Administración
Corresponderá a los socios, quienes, actuando individualmente, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 19 de agosto de 2026, ante mí, Repertorio N° 18935/2026, MATILDE RAYEN RIVAS GÓMEZ, chilena, soltera, abogado, cédula de identidad número dieciséis millones noventa y cinco mil novecientos treinta y dos guion cero, y don TEODORO MANUEL RIVAS GÓMEZ, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número dieciocho millones ciento sesenta mil quinientos noventa y seis guion cero, ambos domiciliados en García Moreno mil treinta y cinco, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, mayores de edad, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Domicilio: La ciudad de Santiago; Razón social: “RIVAS & RIVAS ABOGADOS LIMITADA”, pudiendo usar “RIVAS & RIVAS ABOGADOS”, que la obligará de la misma manera que la razón social. Objeto: La prestación de servicios de asesoramiento y representación jurídica. Capital: $1.000.000, aportado y pagado en el acto en dinero efectivo por partes iguales, enterado en caja social. Duración: 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables tácita, sucesiva y automáticamente por períodos de 5 años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública inscrita al margen de la inscripción de este extracto en el Registro de Comercio y notificada por carta certificada, antes de la expiración del plazo de vigencia que estuviere corriendo. Administración: Corresponderá a los socios, quienes, actuando individualmente, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, 8 de septiembre de 2026.