EURO LABORATORIOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 1584/2026
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $193.169.536 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, de 25 de septiembre de 2026, Repertorio 1584/2026, María Isabel Margarita Bravo Woodhouse, Inversiones Hermanos Saval Limitada y Sociedad de Inversiones Celta SpA, todos debidamente representados por don Alejandro Saval Bravo y don Rodrigo Saval Bravo y todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N.º 4.600, comuna de Renca, Santiago y de paso en esta notaría, únicos socios de EURO LABORATORIOS LIMITADA, inscrita fojas 44, Nº27 y a fojas 2.844, Nº 1.554, en Registro de Comercio de Santiago, año 1982, modificaron dicha sociedad en el siguiente sentido: Se reemplazó íntegramente el artículo sexto del pacto social por el siguiente: “Sexto. Las utilidades se distribuirán entre los socios en proporción a la participación que a cada uno corresponde en el capital social. Las eventuales pérdidas serán soportadas por los socios en la misma proporción. Sin perjuicio de lo anterior, durante el respectivo ejercicio cada socio podrá efectuar uno o más retiros, sea a cuenta de las utilidades del ejercicio o con cargo a utilidades acumuladas de ejercicios anteriores. Dichos retiros podrán efectuarse periódica o esporádicamente, en una o más oportunidades durante el respectivo ejercicio y con la frecuencia que los socios determinen. Asimismo, el monto de los retiros que efectúe cada socio podrá representar una proporción distinta de aquella que corresponda a su participación en el capital social, siempre que la disponibilidad de caja social lo permita y que dichos retiros sean aprobados por la unanimidad de los socios mediante acuerdo escrito. Los retiros efectuados en conformidad con lo dispuesto precedentemente no importarán, por ese solo hecho, una modificación de la participación del respectivo socio en el capital social ni de la proporción que le corresponda en la distribución de las utilidades y pérdidas de la sociedad, y quedarán sujetos a las imputaciones y ajustes que correspondan conforme a la legislación vigente.” En lo no modificado en escritura extractada, se mantienen vigentes las demás estipulaciones del estatuto social. Demás disposiciones escritura extractada. Capital Social $193.169.536. San Miguel, 25 de septiembre de 2026. Jorge Reyes Bessone. NPT.