MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA JEP LIMITADA

RUT 76174738-K CVE 2880404
Capital
$75.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de septiembre de 2026
Notaría
Pública de
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de septiembre de 2026
Repertorio
10364-26
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
Temuco
Comuna
Pública de

Sociedad

Capital
$75.000.000 CLP
Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Temuco
Duración
Indefinida

Objeto social

- El objeto de la Sociedad será la construcción, edificación, montaje, explotación, y venta de todo tipo de obras de ingeniería civil, sean estos habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, forestales, mineras u obras públicas; realización para sí o para terceros de estudios de proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos, financieros y tributarios; prestación de asesoría y consultoría en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinarias de construcción, edificación y montaje, pudiente actuar en la consecución de sus fines por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; y ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; compra, venta y)o arriendo de maquinaria, equipos y herramientas de construcción. La Sociedad además, tendrá por objeto la compra, venta, adquisición y)o comercialización en cualquier forma de artículos de ferretería y materiales de construcción; la comercialización, arrendamiento, subarrendamiento de toda clase de bienes corporales y de servicios, vehículos y camionetas; Celebrar toda clase de actos o contratos para el mejor cumplimiento del objeto social, ya sea personalmente o por asociaciones con personas naturales o Jurídicas y en general desarrollar cualquier actividad que acuerden los

Administración

Gerente General.- La sociedad será administrada por un Gerente General designado por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por a la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto, presentes o representadas en la junta, o por escritura pública firmada por todos los accionistas de la sociedad. Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades y atribuciones que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio y al gerente general de una sociedad anónima, y las responsabilidades que de conformidad a la misma ley correspondan a los directores y el gerente general. Poderes de Administración y

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de Temuco, con jurisdicción en la agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en la ciudad de Temuco, calle Antonio Varas número novecientos setenta y nueve, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de septiembre de 2026, Repertorio 10.364-26, ante mí, don ENRIQUE ALFONSO GUTIÉRREZ OLGUÍN, chileno, divorciado, factor de comercio, cédula nacional de identidad N°7.908.397-2, domiciliado en calle Lynch N°780 depto 902 de la ciudad de Temuco; don JUSTO ERNESTO GUTIERREZ SCHWEITZER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil, cédula de identidad N°13.729.499-0, domiciliado en calle Lynch N°780, depto 902 de la ciudad de Temuco; y don PAULINO ENRIQUE GUTIÉRREZ SCHWEITZER, chileno, casado y separado totalmente de bienes, constructor civil, cédula de identidad número dieciséis millones ochocientos veinticuatro mil cuatrocientos nueve guión seis, domiciliado en Av. Martín Lutero N°02580, depto 13, ciudad de Temuco, y expusieron: PRIMERO: Por escritura pública otorgada con fecha 25 de octubre de 2011, ante don Mauricio Bustamante Rodríguez, abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces de la agrupación de comunas de Lautaro, Perquenco y Galvarino, Suplente de la Titular María Antonieta Suarez Castro, consta que los compareciente don ENRIQUE ALFONSO GUTIÉRREZ OLGUÍN, don JUSTO ERNESTO GUTIERREZ SCHWEITZER y don PAULINO ENRIQUE GUTIÉRREZ SCHWEITZER, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada “CONSTRUCTORA JEP LIMITADA”, la que además es conocida por su nombre de fantasía “CONSTRUCTORA JEP LTDA”, un extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario Oficial con fecha veintiocho de octubre de dos mil once, edición N°40.097 e inscrito a fojas 81, bajo el número 83 del Registro de Comercio de Lautaro del año 2011. Rol Único Tributario 76.174.738-k. Capital pagado $75.000.000.-Como consecuencia de lo anterior, los comparecientes declaran que en la actualidad son los únicos socios en la sociedad referida.- SEGUNDO: Cesión de Derechos y transformación: don ENRIQUE ALFONSO GUTIÉRREZ OLGUÍN y don JUSTO ERNESTO GUTIERREZ SCHWEITZER, venden, ceden y transfieren el cien por ciento de los derechos y acciones sociales que les corresponden en la sociedad “CONSTRUCTORA JEP LIMITADA” a don PAULINO ENRIQUE GUTIÉRREZ SCHWEITZER quien compra, acepta y adquiere para sí el total de los derechos y acciones sociales. El precio de la cesión es la suma de $55.000.000.- TERCERO: Transformación de la sociedad: La sociedad ha dejado de ser una Sociedad de Responsabilidad Limitada por reunir todos los derechos en una sola persona, el COMPARECIENTE don PAULINO ENRIQUE GUTIÉRREZ SCHWEITZER, viene por el presente instrumento en transformar dicha sociedad de responsabilidad limitada en una SOCIEDAD POR ACCIONES, en los términos previstos en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, cambiando en tal sentido su especie o tipo social con subsistencia de su personalidad jurídica y reformando sus estatutos sociales, la que se denominará “CONSTRUCTORA TIERRAS SPA”, transformación que producirá sus efectos a contar de esta fecha, cuyos estatutos se fijan más adelante en este instrumento, la que será en todo su continuadora legal, haciéndose cargo y asumiendo el total de su activo y pasivo, sin solución alguna de continuidad y quedando en su nueva organización como responsable de los impuestos que correspondieren a la sociedad modificada, declaración esta que se incluye para los efectos que pudiere corresponder del Código Tributario. Estatutos de “CONSTRUCTORA TIERRAS SPA” Como consecuencia de la transformación pactada el compareciente expresa que la persona jurídica de la sociedad individualizada en la cláusula primera precedente se regirá en especial por el estatuto que se estipula a continuación, y en su silencio por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio y sólo en aquello que no se contraponga con la naturaleza las Sociedades Por Acciones, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y demás que fueren aplicables. NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN DE LA SOCIEDAD. El nombre de la sociedad es “CONSTRUCTORA TIERRAS SPA” Domicilio.- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Temuco, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto Social.- El objeto de la Sociedad será la construcción, edificación, montaje, explotación, y venta de todo tipo de obras de ingeniería civil, sean estos habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, forestales, mineras u obras públicas; realización para sí o para terceros de estudios de proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos, financieros y tributarios; prestación de asesoría y consultoría en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinarias de construcción, edificación y montaje, pudiente actuar en la consecución de sus fines por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; y ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; compra, venta y/o arriendo de maquinaria, equipos y herramientas de construcción. La Sociedad además, tendrá por objeto la compra, venta, adquisición y/o comercialización en cualquier forma de artículos de ferretería y materiales de construcción; la comercialización, arrendamiento, subarrendamiento de toda clase de bienes corporales y de servicios, vehículos y camionetas; Celebrar toda clase de actos o contratos para el mejor cumplimiento del objeto social, ya sea personalmente o por asociaciones con personas naturales o Jurídicas y en general desarrollar cualquier actividad que acuerden los socios.- Duración.- La sociedad tendrá una duración indefinida. CAPITAL Y ACCIONES: Capital Social.- El capital de la sociedad será la cantidad de $75.000.000.-, dividido y representado en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas que representen dichos títulos, a menos que se solicite expresamente por el accionista, en cuyo caso, la forma, emisión, entrega, reemplazo, canje, transferencia e inutilización de tales títulos de acciones se sujetarán a las disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables. La sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista. DE LA ADMINISTRACIÓN. Gerente General.- La sociedad será administrada por un Gerente General designado por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por a la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto, presentes o representadas en la junta, o por escritura pública firmada por todos los accionistas de la sociedad. Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades y atribuciones que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio y al gerente general de una sociedad anónima, y las responsabilidades que de conformidad a la misma ley correspondan a los directores y el gerente general. Poderes de Administración y Representación.- El Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de las amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. El Gerente General podrá delegar sus facultades, sea en forma general o especial, en subgerentes, apoderados o abogados de la sociedad, delegación que deberá constar por escritura pública o por instrumento privado protocolizado en una Notaría Pública de Chile, debiendo pasar por las respectivas legalizaciones en caso que fuere otorgado en el extranjero. El Gerente General, en el ejercicio de la representación de la sociedad, se encontrará legalmente investido de las más amplias facultades. El constituyente de la sociedad don PAULINO ENRIQUE GUTIÉRREZ SCHWEITZER, cédula nacional de identidad N°16.824.409-6 será el Gerente General de la sociedad, quien entrará en funciones con la fecha de esta escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 28 de septiembre del 2026.