VCM Inversiones Zapallar Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de septiembre de 2026
- Notario
- PATRICIA MANRIQUEZ HUERTA
- Oficio
- 48° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- 15 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante declaración formulada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período o de cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
El objeto de la sociedad será el siguiente: a) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena, en Chile o en el extranjero, pudiendo percibir sus frutos; b) la inversión en bienes muebles, corporales e incorporales de toda clase, tales como cuotas de fondos mutuos y de inversión, acciones, bonos, debentures, criptomonedas, pudiendo en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles; c) La inversión en bienes inmuebles o bienes raíces, incluyendo la adquisición, compra, venta, permuta, dación en pago, enajenación, arriendo y subarrendamiento, de inmuebles amoblados o no, urbanos o agrícolas, para fines comerciales, industriales o residenciales, el loteo y subdivisión de inmuebles y, en general, la explotación a cualquier título de todo y cualquier tipo de bienes inmuebles, sean éstos propios o ajenos, y sea ésta a cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero, incluyendo la construcción por cuenta propia o a través de terceros de los referidos inmuebles; d) La constitución, participación e inversión en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita; y e) La realización y)o celebración y)o ejecución de toda clase de actos, contratos, gestiones, operaciones y)o negociaciones destinadas directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, y en general, la realización de demás actividades, negociaciones y gestiones que los socios acuerden
Administración
corresponderá a doña Claudia Andrea Reyes Valenzuela, cédula de identidad número catorce millones doscientos ochenta y seis mil seiscientos treinta y nueve guion cero, a don Víctor Sebastián Reyes Valenzuela cédula de identidad número diecisiete millones ciento cincuenta y seis mil trescientos cinco guion cuatro y a doña Marilyn Elizabeth Reyes Valenzuela, cédula de identidad número catorce millones seiscientos doce mil cuatrocientos cinco guion cuatro, quienes podrán actuar individual e indistintamente en el ejercicio de las facultades generales indicadas en la escritura extractada; no obstante, para la celebración o ejecución de los actos y contratos se requerirá la comparecencia y firma conjunta de dos cualesquiera de los administradores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA MANRIQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público, Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en calle Apoquindo 3076, piso 6, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Certifico: que ante mí, Que por escritura pública de fecha 14 de septiembre del año 2026, repertorio número 12.457/2026, otorgada ante mí, comparecieron: doña CLAUDIA ANDREA REYES VALENZUELA, don VÍCTOR SEBASTIÁN REYES VALENZUELA, ambos domiciliados para estos efectos en Los Coihues N°300, casa 18, condominio Zapallar, Curicó, Región del Maule; y doña MARILYN ELIZABETH REYES VALENZUELA, domiciliada para estos efectos en El Ciruelillo N°3.830, departamento 706 C, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; quienes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón social: "VCM INVERSIONES ZAPALLAR LIMITADA" Objeto: El objeto de la sociedad será el siguiente: a) La inversión, a cualquier título, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena, en Chile o en el extranjero, pudiendo percibir sus frutos; b) la inversión en bienes muebles, corporales e incorporales de toda clase, tales como cuotas de fondos mutuos y de inversión, acciones, bonos, debentures, criptomonedas, pudiendo en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles; c) La inversión en bienes inmuebles o bienes raíces, incluyendo la adquisición, compra, venta, permuta, dación en pago, enajenación, arriendo y subarrendamiento, de inmuebles amoblados o no, urbanos o agrícolas, para fines comerciales, industriales o residenciales, el loteo y subdivisión de inmuebles y, en general, la explotación a cualquier título de todo y cualquier tipo de bienes inmuebles, sean éstos propios o ajenos, y sea ésta a cuenta propia o ajena, en Chile o en el extranjero, incluyendo la construcción por cuenta propia o a través de terceros de los referidos inmuebles; d) La constitución, participación e inversión en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita; y e) La realización y/o celebración y/o ejecución de toda clase de actos, contratos, gestiones, operaciones y/o negociaciones destinadas directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, y en general, la realización de demás actividades, negociaciones y gestiones que los socios acuerden. Capital social: El capital de la sociedad será la suma de ciento catorce millones de pesos, aportados por los socios en la siguiente forma: Uno) doña CLAUDIA ANDREA REYES VALENZUELA, aporta la suma de treinta y ocho millones de pesos, equivalentes a un tercio capital social, en que se pagará en el plazo de tres años contados desde presente acto, en dinero en efectivo, en la medida que las necesidades de la sociedad lo requieran; Dos) don VÍCTOR SEBASTIÁN REYES VALENZUELA, aporta la suma de treinta y ocho millones de pesos, equivalentes a un tercio capital social, en que se pagará en el plazo de tres años contados desde presente acto, en dinero en efectivo, en la medida que las necesidades de la sociedad lo requieran; y Tres) doña MARILYN ELIZABETH REYES VALENZUELA, aporta la suma de treinta y ocho millones de pesos, equivalentes a un tercio capital social, en que se pagará en el plazo de tres años contados desde presente acto, en dinero en efectivo, en la medida que las necesidades de la sociedad lo requieran. Administración: corresponderá a doña Claudia Andrea Reyes Valenzuela, cédula de identidad número catorce millones doscientos ochenta y seis mil seiscientos treinta y nueve guion cero, a don Víctor Sebastián Reyes Valenzuela cédula de identidad número diecisiete millones ciento cincuenta y seis mil trescientos cinco guion cuatro y a doña Marilyn Elizabeth Reyes Valenzuela, cédula de identidad número catorce millones seiscientos doce mil cuatrocientos cinco guion cuatro, quienes podrán actuar individual e indistintamente en el ejercicio de las facultades generales indicadas en la escritura extractada; no obstante, para la celebración o ejecución de los actos y contratos se requerirá la comparecencia y firma conjunta de dos cualesquiera de los administradores. Duración: 15 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de cinco años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante declaración formulada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período o de cualquiera de sus prórrogas. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago 25 de septiembre de 2026.