MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD INVERSIONES SPMV SpA

RUT 78226035-9 CVE 2879253
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de octubre de 2025

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2025
Notario
JULIO ABASOLO ARAVENA
Oficio
Segunda Notaría y Conservador de Minas de Antofagasta

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley N° 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO ABASOLO ARAVENA, Notario Público Titular de la Segunda Notaría y Conservador de Minas de Antofagasta, con oficio en calle Washington número 2653, compareció don MARCOS ANTONIO MACHUCA ALDAY, chileno, casado, operador de perforadora, domiciliado en calle Quillen N° 1291, Antofagasta, en su calidad de único accionista de SOCIEDAD INVERSIONES SPMV SpA., Rut 78.226.035-9 quien expuso y acordó lo siguiente: Que mediante escritura pública de fecha 14 de octubre de 2025, otorgada ante doña Carolina Leiva Pérez, Notario Público Antofagasta, se constituyó la sociedad “SOCIEDAD INVERSIONES SPMV SpA.”, pudiendo actuar ante terceros, inclusive ante bancos y otras instituciones, bajo el nombre de fantasía “SPMV INVERSIONES SpA.”. Un extracto de dicha escritura fue inscrito a fojas 997 vuelta, N° 555, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta correspondiente al año 2025, y publicado en el Diario Oficial N° 44.279, de fecha 20 de octubre de 2025. Por el presente instrumento, y de conformidad con la Ley N° 19.499 y el artículo 428 del Código de Comercio, el compareciente sanea íntegramente el vicio formal incurrido en la escritura de constitución, consistente en la errónea indicación del capital social, estableciéndose que: El capital de la sociedad asciende a la suma de $2.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por don MARCOS ANTONIO MACHUCA ALDAY, al contado y en dinero efectivo, cantidad ingresada a la caja social a entera conformidad de la sociedad. Asimismo, se incorpora a la escritura social un Artículo Primero Transitorio, relativo a la suscripción y pago del capital, en los términos precedentemente señalados. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta, 21 de septiembre de 2026.