MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA CLAES SpA

RUT 78366555-7 CVE 2879403
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de septiembre de 2026

Instrumento

Fecha
24 de septiembre de 2026
Notario
Rodrigo Domínguez Jara
Domicilio
Curicó

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley N°19.499.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Domínguez Jara, Notario Público Titular Curicó, Estado 236, certifica: Que por escritura pública ante mí de fecha 24 de Septiembre de 2026, compareció don CLAUDIO ESTEBAN ESPINOZA ABARCA, cédula nacional de identidad Nº13.440.296-2, domiciliado en Condominio Puerta Norte, calle Nº1757, comuna de Curicó, y expuso: Uno) Por escritura pública de fecha 3 diciembre 2025, ante mí, se constituyó la Sociedad por Acciones denominada "SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA CLAES SpA", Rut. Nº78.366.555-7, cuyo extracto se inscribió a fojas 60 vuelta Nº61 del Registro de Comercio del año 2026 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, con fecha 3 febrero 2026, y se publicó en el Diario Oficial N°44.361 de fecha 28 enero 2026. Capital social $5.000.000.- Dos) La escritura pública de constitución fue otorgada el 3 diciembre 2025. El plazo legal de 60 días para inscribir el extracto, establecido en el artículo 426 del Código de Comercio, venció el 1 febrero 2026. Sin embargo, la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó se practicó con fecha 3 febrero 2026, esto es, con dos días de retraso respecto del plazo legal, configurándose un vicio formal de inscripción tardía del extracto de la escritura de constitución, en los términos del artículo 1° inciso tercero de la Ley N°19.499. SANEAMIENTO. Atendiendo a lo expuesto en la cláusula anterior y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.499 sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, el accionista único de la SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA CLAES SpA viene en este acto y por el presente instrumento en sanear el vicio formal en que se incurrió en la constitución de la sociedad singularizada en el número uno de la cláusula anterior, consistente en la inscripción tardía del extracto de la escritura de constitución en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó. El saneamiento producirá efecto retroactivo a la fecha de la inscripción tardía, esto es, el tres de febrero de dos mil veintiséis, de conformidad con el artículo 2° de la Ley N°19.499. Lo no modificado rige plenamente el pacto social. Otras estipulaciones escritura extractada.- Curicó, 25 Septiembre 2026.