Froneri Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de septiembre de 2026
- Notario
- FRANCISCO LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago, con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que con fecha 1° de septiembre de 2026, ante mí y bajo el repertorio número 71.403/2026, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Froneri Chile SpA (la “Sociedad”), celebrada con esa misma fecha, en la cual Nestlé S.A., en su calidad de único accionista y titular del cien por ciento de las acciones con derecho a voto emitidas por la Sociedad, resolvió, entre otras materias, lo siguiente: i) Fusión de la Sociedad. Aprobar la fusión por incorporación de Nestlé Chile II SpA (“Nestlé Chile II”) en la Sociedad (la “Fusión”), siendo esta última la sociedad sobreviviente. Como consecuencia de la Fusión, la Sociedad, en su calidad de entidad absorbente, adquirió la totalidad de los activos y pasivos de propiedad de Nestlé Chile II, la que se disolvió sin necesidad de efectuarse su liquidación, sucediendo la Sociedad a Nestlé Chile II en todos sus derechos y obligaciones e incorporándose a la Sociedad la totalidad de los accionistas y el patrimonio de Nestlé Chile II, en los términos de la escritura extractada. ii) Aumento de Capital. Con el objeto de materializar la Fusión, se resolvió aumentar el capital de la Sociedad en la cantidad de $10.000.000, mediante la emisión de 76.249 nuevas acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, todas las cuales quedaron íntegramente suscritas y pagadas con cargo al aporte a la Sociedad de la totalidad del patrimonio Nestlé Chile II. De esta manera, el capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $11.000.000, dividido en 76.259 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Se reemplazaron los Artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad. Los antecedentes que sirvieron de base para la aprobación de la Fusión fueron protocolizados bajo el mismo número de repertorio de la escritura extractada. Demás estipulaciones y acuerdos constan de escritura extractada. Santiago, 22 de septiembre de 2026. Francisco Leiva Carvajal. Notario Público Titular.