MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIALIZADORA J&D REVISTAS SpA

RUT 77230932-5 CVE 2879248
Fecha instrumento
11 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de septiembre de 2026
Repertorio
3325-2026
Notario
AGUSTÍN HERNÁN QUINTANILLA ROJAS
Oficio
Suplente de la 41ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
D REVISTAS SPA socio 77230932-5 — —

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

AGUSTÍN HERNÁN QUINTANILLA ROJAS, Notario Público Interino Suplente de la 41ª Notaría de Santiago, con oficio en Ahumada 179, 4° piso, Santiago, Certifico: Por escritura pública de 11/09/2026, Repertorio N° 3.325-2026, ante mí, don JACOB JAVIER CHIHUAICURA PAINECURA, C.I. N° 17.736.585-8, único accionista de la sociedad COMERCIALIZADORA J&D REVISTAS SPA, RUT N° 77.230.932-5, procedió a sanear un vicio formal en la escritura pública de 10/09/2020, 38ª Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, Repertorio N° 126.205, y a modificar los estatutos sociales, contenidos en la misma escritura, en el siguiente sentido: 1. SANEAMIENTO: Se reemplaza íntegramente la cláusula quinta del estatuto social por la siguiente: “QUINTO: El capital de la empresa será la suma de dos millones de pesos y se encuentra dividido en quinientas acciones a cuatro mil pesos cada una, que son suscritas y pagadas quinientas acciones por cada uno de los socios accionistas. Todas nominativas, de una única serie y que cada acción tendrá derecho a voto”. 2. MODIFICACIÓN: Se reemplaza íntegramente la cláusula tercera de los estatutos por la siguiente: “TERCERO: el objeto de la sociedad será la venta online de pañales, ropas de bebe, juguetes, aseo de hogar e industrial, abarrotes, y revistas. para el desarrollo de dicho fin, la empresa tendrá como actividad principal la venta al por menor por correo, por internet y vía telefónica, sin perjuicio de poder operar también a través de canales presenciales, físicos o comerciales; asimismo, comprenderá la venta al por menor y al por mayor de artículos de perfumería, de tocador, cosméticos y pañales en comercios especializados o canales digitales; la venta al por menor de prendas y accesorios de vestir, ropa de bebé, y la comercialización de juegos y juguetes en comercios especializados; la venta al por mayor de productos químicos y artículos de aseo industrial o del hogar; la venta al por mayor de artículos de papelería, escritorio, diarios y revistas; la venta al por mayor de materiales de construcción, artículos de ferretería, gasfitería, calefacción y complementos de limpieza tales como palas, escobas y bolsas de basura; y la venta al por mayor de huevos, lácteos, abarrotes, insumos y otros alimentos no clasificados previamente. Para el cumplimiento de estos objetivos, la sociedad podrá importar, exportar, fabricar, distribuir y comercializar todos los productos señalados, celebrar toda clase de actos y contratos civiles o mercantiles, y realizar cualquier otra actividad económica o comercial que los accionistas acuerden.” En lo no modificado, subsisten íntegramente las demás disposiciones de la escritura social constitutiva de fecha 10/09/2020. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de septiembre de 2026.- Doy fe.