Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2026
- Comuna
- Antofagasta y Conservador de Minas
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- Antofagasta
- Duración
- 5 años, el que podrá ser renovado continua, sucesiva y automáticamente por iguales periodos de 5 años. Administración y
Objeto social
Objeto. La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) El otorgamiento, por cuenta propia y con recursos propios o provenientes de fuentes de financiamiento lícitamente obtenidas por la sociedad, de préstamos, mutuos, créditos y toda clase de financiamientos a personas jurídicas, sociedades, empresas, empresarios, proyectos de inversión y vehículos de propósito especial, nacionales o extranjeros, con o sin intereses, reajustes y garantías, pudiendo convenir libremente, dentro del marco de la legislación vigente, sus condiciones, modalidades, plazos, tasas, comisiones, garantías y
Administración
La Sociedad será administrada por un administrador, con amplias facultades contenidas en pacto constitutivo, designándose en acto constitutivo a don Luis Claudio Alvarez Valle, quien también en el acto es designado gerente General de la Sociedad, quien tendrá las facultades indicadas en los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO ABASOLO ARAVENA, 2ª Notaría de Antofagasta y Conservador de Minas, Washington 2653, CERTIFICA: que por escritura pública otorgada hoy ante mí, don LUIS CLAUDIO ALVAREZ VALLE, chileno, divorciado, empresario, cédula de identidad N° 13.367.661-9, domiciliado en Avenida Cerro Paranal N° 271, departamento 73 B, Antofagasta; constituyó sociedad por acciones Razón social: “BRIDGE CAPITAL SpA”, pudiendo actuar frente a terceros con el nombre de fantasía de “BRIDGE CAPITAL”.- Objeto: Objeto. La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) El otorgamiento, por cuenta propia y con recursos propios o provenientes de fuentes de financiamiento lícitamente obtenidas por la sociedad, de préstamos, mutuos, créditos y toda clase de financiamientos a personas jurídicas, sociedades, empresas, empresarios, proyectos de inversión y vehículos de propósito especial, nacionales o extranjeros, con o sin intereses, reajustes y garantías, pudiendo convenir libremente, dentro del marco de la legislación vigente, sus condiciones, modalidades, plazos, tasas, comisiones, garantías y demás estipulaciones; b) La obtención de recursos y financiamiento provenientes de personas naturales o jurídicas, inversionistas privados o institucionales, fondos de inversión, fondos de inversión privados, fondos de deuda privada o private debt funds, sociedades de inversión, family offices, bancos, instituciones financieras y otras entidades nacionales o extranjeras, con el objeto de destinarlos al financiamiento de las operaciones propias de la sociedad, siempre que ello no implique captar o recibir habitualmente dinero del público ni desarrollar actividades reservadas por ley a bancos u otras entidades reguladas; c) La estructuración, desarrollo, negociación, administración y ejecución de operaciones de financiamiento empresarial, incluyendo financiamiento de capital de trabajo, adquisición de activos, proyectos de inversión, financiamiento puente o bridge financing, financiamiento de proyectos o project finance, financiamiento respaldado por activos o asset-backed financing, deuda privada o private debt, financiamiento subordinado, mezzanine financing, operaciones de refinanciamiento y reestructuración de pasivos y, en general, cualquier otra modalidad lícita de financiamiento; d) La adquisición, por cuenta propia, mediante compra, cesión, aporte, subrogación o cualquier otro título, de créditos, cuentas por cobrar, facturas, mutuos, pagarés y demás derechos personales o títulos representativos de obligaciones; así como su administración, modificación, renegociación, reestructuración, cobranza, cesión, transferencia y enajenación; e) La celebración de operaciones de factoring, confirming y adquisición de cuentas por cobrar, pudiendo adquirir créditos presentes o futuros y efectuar anticipos sobre los mismos, todo ello por cuenta propia y de conformidad con la legislación vigente; f) La constitución, aceptación, adquisición, administración, sustitución, modificación, ejecución y alzamiento de toda clase de garantías destinadas a caucionar obligaciones relacionadas con las operaciones de la sociedad, incluyendo hipotecas, prendas civiles o comerciales, prendas sin desplazamiento, garantías mobiliarias, fianzas, avales, codeudas solidarias, garantías corporativas, cesiones en garantía, mandatos, prohibiciones y demás cauciones reales o personales permitidas por la ley, realizar gestiones de cobranza y adquirir carteras de cobranzas; g) La estructuración y participación, por cuenta propia, en operaciones de cofinanciamiento y financiamiento conjunto con bancos, instituciones financieras, fondos de inversión, fondos privados, fondos de deuda, sociedades de inversión, inversionistas institucionales y otros proveedores de financiamiento, nacionales o extranjeros; h) La constitución, adquisición y participación en sociedades, fondos, vehículos de inversión, vehículos de financiamiento y sociedades de propósito especial o Special Purpose Vehicles (SPV), en Chile o en el extranjero, destinados directa o indirectamente a desarrollar, estructurar, canalizar o mantener inversiones y operaciones de financiamiento comprendidas dentro del objeto social; i) La inversión de recursos propios en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, acciones, derechos sociales, cuotas de fondos, bonos, títulos de deuda, efectos de comercio, créditos y demás activos e instrumentos permitidos por la legislación vigente, pudiendo adquirirlos, mantenerlos, administrarlos, gravarlos y enajenarlos; j) La prestación de servicios de estructuración financiera y corporativa relacionados con operaciones en las cuales participe la sociedad, incluyendo la elaboración de modelos financieros, análisis económico de proyectos, estructuración de garantías, diseño de estructuras de financiamiento, refinanciamiento y reestructuración de pasivos; k) La realización de inversiones y operaciones en moneda nacional o extranjera, así como la celebración de contratos y operaciones financieras destinadas a administrar los riesgos propios de sus inversiones y financiamientos, dentro del marco permitido por la legislación vigente; l) La constitución de filiales, agencias, sucursales, sociedades relacionadas y vehículos de propósito especial, tanto en Chile como en el extranjero, así como la participación en toda clase de sociedades y entidades cuyo objeto se encuentre relacionado directa o indirectamente con las actividades de la sociedad; m) La administración, por cuenta propia, de las inversiones, créditos, financiamientos y demás activos pertenecientes a la sociedad o a sociedades o vehículos en los cuales ésta participe, en cuanto ello no constituya una actividad reservada por ley; n) La celebración de contratos de mandato, comisión, agencia, representación y prestación de servicios relacionados con las actividades comprendidas dentro de su objeto social, siempre que tales actividades no constituyan servicios cuya prestación profesional requiera autorización, inscripción o habilitación especial conforme a la legislación vigente; y ñ) En general, la celebración y ejecución de todos los actos, contratos, convenciones y operaciones civiles o comerciales que sean necesarios, conducentes, complementarios o relacionados directa o indirectamente con los objetos anteriormente señalados.-// Con todo, la sociedad no podrá captar o recibir en forma habitual dinero del público, realizar operaciones reservadas exclusivamente a bancos, efectuar intermediación de valores o instrumentos financieros, administrar fondos de terceros, realizar oferta pública de valores ni desarrollar otras actividades que requieran autorización, inscripción o habilitación especial de la Comisión para el Mercado Financiero u otra autoridad competente, salvo que previamente obtenga las autorizaciones, inscripciones o habilitaciones que correspondan conforme a la legislación vigente.- Domicilio: Antofagasta, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Capital social: $20.000.000.-, dividido en 20 acciones, de una misma serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, que se suscribe y paga de la siguiente manera: i/: LUIS CLAUDIO ALVAREZ VALLE, suscribe veinte acciones, por un valor de un millón de pesos cada una, las cuales son pagadas en este acto en dinero efectivo; En virtud de lo anterior, quedan pagadas la totalidad de las acciones de la sociedad. Duración: 5 años, el que podrá ser renovado continua, sucesiva y automáticamente por iguales periodos de 5 años. Administración y Representación. La Sociedad será administrada por un administrador, con amplias facultades contenidas en pacto constitutivo, designándose en acto constitutivo a don Luis Claudio Alvarez Valle, quien también en el acto es designado gerente General de la Sociedad, quien tendrá las facultades indicadas en los estatutos.- Demás estipulaciones escritura extractada. Antofagasta, 03 de Septiembre de 2026.