Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 86850-2026
- Notario
- Notario Suplente de PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $102.666.354 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la inversión pasiva en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, debentures, y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios; podrá concurrir a la constitución y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones en general, sean éstas nacionales como extranjeras; podrá además garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales
Administración
La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don EZEQUIEL MARTÍN VIDAL, quien actuando individual e indistintamente y anteponiendo a su firma la razón social, estará premunido con todas facultades de administración y de representación de la Sociedad, las cuales, de manera meramente enunciativa, se señalan en el artículo Noveno de los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO PRIETO MAGNOLFI, Notario Suplente de PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5.841, comuna de La Reina, CERTIFICO: Que por escritura pública con fecha 16 de septiembre de 2026, número de repertorio 86850 - 2026, ante mí, Gonzalo Prieto Magnolfi, compareció EZEQUIEL MARTÍN VIDAL, domiciliado para estos efectos en calle Padre Ted Huard número 4547, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, quien constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: NOMBRE: La sociedad se denomina “MUNDO D&G SPA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto la inversión pasiva en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, debentures, y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios; podrá concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones en general, sean éstas nacionales como extranjeras; podrá además garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $102.666.354, dividido en 1.000 acciones de una misma serie, ordinarias, nominativas y sin valor nominal; las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas según lo establecido en el Artículo Primero transitorio de los estatutos. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don EZEQUIEL MARTÍN VIDAL, quien actuando individual e indistintamente y anteponiendo a su firma la razón social, estará premunido con todas facultades de administración y de representación de la Sociedad, las cuales, de manera meramente enunciativa, se señalan en el artículo Noveno de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de septiembre de 2026.