Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 1974
- Notario
- CHARLES DE LA HARPE PALMA
- Domicilio
- las comunas de Angol y Renaico
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- Comuna ANGOL
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La administración y gestión patrimonial compuesto por activos financieros, bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos y participaciones en otras empresas; la administración de bienes muebles e inmuebles propios o ajenos; la percepción de dividendos, utilidades, intereses o ganancias derivados de dichas inversiones; formación o ingreso a otras sociedades comerciales o de personas; tendrá por objeto además, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización, la construcción, promoción y venta de centros comerciales, condominios habitacionales, locales, oficinas, estacionamientos edificios y viviendas acogidos o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales: y la implementación y realización , en general, de todo tipo de proyectos y de obras y construcción y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con las referidas actividades, y cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHARLES DE LA HARPE PALMA, abogado, Notario Público Titular de las comunas de Angol y Renaico, con domicilio en esta ciudad, calle Bunster N°341, CERTIFICO: Por escritura pública suscrita hoy ante mi, Repertorio N°1.974, don OSCAR ANDRES ORDENES GUIÑEZ, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero civil industrial, cédula de identidad número catorce millones treinta mil novecientos ochenta y cuatro guion dos, domiciliado en calle Ahumada número quinientos cuarenta y cinco Monte Aguila, de la comuna de Cabrero, Región del Bio Bio, de paso en esta constituyó sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social: “INVERSIONES LOS MAITENES SPA”. Domicilio: Comuna ANGOL, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración: Indefinida, desde esta fecha. Objeto: La administración y gestión patrimonial compuesto por activos financieros, bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos y participaciones en otras empresas; la administración de bienes muebles e inmuebles propios o ajenos; la percepción de dividendos, utilidades, intereses o ganancias derivados de dichas inversiones; formación o ingreso a otras sociedades comerciales o de personas; tendrá por objeto además, el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización, la construcción, promoción y venta de centros comerciales, condominios habitacionales, locales, oficinas, estacionamientos edificios y viviendas acogidos o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales: y la implementación y realización , en general, de todo tipo de proyectos y de obras y construcción y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con las referidas actividades, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas..- Capital: $30.000.000, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga: a) El accionista don OSCAR ANDRES ORDENES GUIÑEZ suscribe la cantidad de 1000 acciones y paga en este acto 500 acciones correspondientes a la suma de $15.000.000, y, el saldo de $15.000.000 equivalentes a 500 acciones los pagará en el plazo de tres años, contados desde la fecha de la presente escritura.- Queda enteramente suscrito el capital de la sociedad y pagado parcialmente en la forma indicada. La administración de la sociedad y el uso de la razón social recaerá en uno o varios administradores, en adelante “Los Administradores”, quienes podrán ser accionistas o no de la Sociedad, o personas naturales o jurídicas y conforme a los estatutos la administración y la representación de la sociedad, le corresponderá a don OSCAR ANDRES ORDENES GUIÑEZ, quien representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente, conforme a los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Angol, 24 de septiembre de 2026.