MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

FLORESTA INVERSIÓN INTERNACIONAL SpA

RUT 77134052-0 CVE 2878830
Capital
$11.113.861 CLP
Fecha instrumento
31 de julio de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de julio de 2026
Repertorio
2676-2026
Notario
FERNANDO GABRIEL SEPULVEDA ROSAS
Oficio
13ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$11.113.861 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO GABRIEL SEPULVEDA ROSAS, Notario Público Suplente de la 13ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Padre Hurtado Sur N°875, local 1054, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 31 de julio de 2026 Repertorio N°2676-2026, otorgada en la Notaría de Santiago de don PABLO JOSÉ HALES BESELER, Notario Público Titular de la Décimo Tercera Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Padre Hurtado Sur N° 875, local 1054, comuna de Las Condes, se redujo a escritura pública el acta de Junta Extraordinaria de Accionista de FLORESTA INVERSIÓN INTERNACIONAL SpA, celebrada con fecha 31 de julio de 2026, con asistencia del 100% de las acción con derecho a voto correspondientes a 7.957.605.386 acciones, sociedad inscrita a fojas 18.128 N°9.172 en el Registro de Comercio de Santiago año 2020, en la que se adoptaron, entre otros, los siguientes acuerdos: Uno) Fusión por incorporación: Se aprobó la fusión por incorporación de FUTURO INVERSIONES SpA, sociedad inscrita a fojas 17.443 N°13.228 en el Registro de Comercio de Santiago año 2011, en FLORESTA INVERSIÓN INTERNACIONAL SpA, absorbiendo esta última la totalidad de los activos, derechos, obligaciones y pasivos de la sociedad absorbida, la que se disuelve sin necesidad de liquidación. La fusión produce efectos al 31 de julio de 2026.; Dos) Aprobación de antecedentes de fusión: Se aprobaron los estados financieros al 31 de julio de 2026 de ambas sociedades, y el informe pericial y sus notas anexas, emitidos con igual fecha por don Francisco Javier Ramos Rojas.; Tres) Aumento de capital: Se acordó aumentar el capital social de FLORESTA INVERSIÓN INTERNACIONAL SpA de la suma de $11.113.861.970 equivalentes a US$13.531.546,51 dividido en 7.957.605.386 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $11.123.861.970 equivalente a US13.542.317,50 , dividido en 8.015.025.785 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal. El aumento, ascendente a $10.000.000 equivalente a US$10.770,99, se materializo mediante la emisión de 57.420.399 acciones nuevas, íntegramente suscritas y pagadas con cargo a la incorporación del patrimonio de FUTURO INVERSIONES SpA como consecuencia de la fusión.; Cuatro) Canje de acciones: Se aprobó la relación de canje de 57.420,39946 acciones de FLORESTA INVERSIÓN INTERNACIONAL SpA por cada acción de FUTURO INVERSIONES SpA, correspondiendo emitir 57.420.399 acciones de la sociedad absorbente al accionista de esta última sociedad.; Cinco) Modificación de estatutos: Modificar los artículos quinto permanente y segundo transitorio de los estatutos de FLORESTA INVERSIÓN INTERNACIONAL SpA, para que den cuenta de los acuerdos adoptados en la Junta Extraordinaria antes señalada por los siguientes: “Quinto: El capital de la sociedad será la suma de $11.123.861.970, equivalente a US$13.542.317,50, dividido en 8.015.025.785 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y parcialmente pagado, con 6.502.409.016 acciones pagadas y 1.512.616.769 acciones pendientes de pago, y se pagará en la forma y dentro de los plazos establecidos en el artículo segundo transitorio de estos estatutos. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en bienes incorporales muebles, títulos de crédito, cuentas por cobrar, incluyendo acciones o derechos de toda clase de sociedades, inversiones, instrumentos financieros, bursátiles y, en general, todo instrumento de inversión.” Y “Segundo Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de $11.123.861.970, equivalente a US$13.542.317,50, dividido en 8.015.025.785 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y compuesto de la siguiente forma: A) Capital suscrito y pagado con anterioridad, por la suma de $8.113.861.970, equivalente a US$10.239.112,52, dividido en 4.957.605.386 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas; B) Aumento de capital acordado por Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 30 de diciembre de 2025, por la suma de $3.000.000.000, equivalente a US$3.292.433,99, mediante la emisión de 3.000.000.000 acciones de pago, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas en ese acto. De estas acciones, 1.487.383.231 se encuentran pagadas y 1.512.616.769 se encuentran pendientes de pago. El saldo pendiente se pagará dentro del plazo de cinco años contado desde el 30 de diciembre de 2025, en dinero efectivo o en bienes incorporales muebles, títulos de crédito, cuentas por cobrar, incluyendo acciones o derechos de toda clase de sociedades, inversiones, instrumentos financieros, bursátiles y, en general, todo instrumento de inversión”.; y C) Aumento de capital acordado por la presente Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada con fecha 31 de julio de 2026, como consecuencia de la fusión por incorporación de FUTURO INVERSIONES SpA en FLORESTA INVERSIÓN INTERNACIONAL SpA, por la suma de $10.000.000, equivalente a US$10.770,99, mediante la emisión de 57.420.399 acciones nuevas, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas con cargo a la incorporación del patrimonio de FUTURO INVERSIONES SpA, las que se emitirán y entregarán al accionista de esta última conforme a la relación de canje aprobada en la presente Junta.” Sexto) Se aprobó la fusión por incorporación de FUTURO INVERSIONES SpA en FLORESTA INVERSIÓN INTERNACIONAL SpA, se produce la disolución legal de FUTURO INVERSIONES SpA, con fecha 31 de julio de 2026. Se aprobó que FLORESTA INVERSIÓN INTERNACIONAL SpA, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario, sea solidariamente responsable de los impuestos que eventualmente adeudare la sociedad absorbida, como asimismo para que aquella sea continuadora legal de los convenios y contratos que mantenga vigente a dicha fecha la sociedad con terceras personas jurídicas y naturales. Demás acuerdo consta de escritura extractada. Santiago, 24 de septiembre de 2026.