SOFTWARE AG ESPAÑA S.A., AGENCIA EN CHILE
Instrumento
- Fecha
- 4 de agosto de 2026
- Repertorio
- 7240-2026
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésimo Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notaría de Santiago, ubicada en calle Orrego Luco N°0153, comuna de Providencia, certifico que: UNO) Por medio de instrumento público otorgado con fecha 19 de junio de 2026, ante el Notario de Madrid, España, don Federico Garayalde Niño, bajo el número 1.397 de su protocolo, debidamente apostillado con fecha 23 de junio de 2026 y posteriormente protocolizado con fecha 4 de agosto de 2026 en la Vigésimo Séptima Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien, bajo el repertorio N° 7.240-2026, SOFTWARE AG ESPAÑA S.A. (la “Sociedad”) revocó, en su totalidad y con efecto a contar de la fecha de dicho instrumento, la designación como agente en Chile y apoderado general de don Donald G. Magnusson respecto de su agencia en Chile, SOFTWARE AG ESPAÑA S.A., AGENCIA EN CHILE (la “Agencia”), inscrita a fojas 8.185, número 6.260 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2004, revocándose asimismo cualquier otro poder que se le haya otorgado para representar a la Agencia, y declaró que la única agente en Chile y apoderada general de la Agencia es, a contar de la fecha de dicho instrumento, doña Rosicler Aparecida Lopes Croce, manteniéndose plenamente vigente e inalterada su designación mediante instrumento anterior, quien podrá actuar individualmente en representación de la Agencia con las más amplias facultades. Asimismo mediante dicho instrumento, la Sociedad ratificó, para todos los efectos legales, societarios, contractuales, judiciales y cualesquiera otros que correspondan, todos y cada uno de los actos, contratos, presentaciones, declaraciones, comparecencias, designaciones, delegaciones de facultades, poderes, mandatos judiciales, actuaciones administrativas, gestiones registrales, notificaciones, comunicaciones, modificaciones contractuales, transacciones, actuaciones procesales y, en general, cualquier otro acto de cualquier naturaleza, judicial o extrajudicial, realizado o ejecutado en Chile, o en relación con las actividades, derechos, obligaciones, bienes, contratos o procedimientos de la Sociedad en Chile, por cualquiera de sus anteriores agentes o la actual agente, representantes, apoderados, mandatarios o delegados o personas que hubieren actuado en virtud de poderes conferidos por aquellos; DOS) Con fecha 4 de agosto de 2026, la agente de la Sociedad en Chile, en la Vigésimo Séptima Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien, bajo el repertorio N°7.240-2026, protocolizó los documentos, debidamente apostillados, que dan cuenta de los antecedentes necesarios para modificar una agencia en Chile de acuerdo al artículo 124 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas. Como consecuencia de la modificación del agente, ante mí, en la misma fecha de la protocolización previamente referida en el presente extracto y bajo repertorio N° 7.242-2026, se otorgó una escritura pública de fecha 4 de agosto de 2026, en la que doña Rosicler Aparecida Lopes Croce, en su calidad de agente de la Sociedad, formuló las declaraciones a que se refiere el artículo 122, y requeridas por el artículo 124, ambos de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas, de las cuales extracto: (A) Que la sociedad extranjera SOFTWARE AG ESPAÑA S.A. continuará operando en Chile bajo el nombre “SOFTWARE AG ESPAÑA S.A., AGENCIA EN CHILE”, y que el objeto de ésta consiste en proveer tecnología de software y servicios relacionados a empresas y personas chilenas o extranjeras, el procesamiento computacional de información, la aplicación de tecnologías informáticas en bases de datos de entidades públicas y privadas y el desarrollo de nuevos programas computacionales; (B) Que la Sociedad conoce la legislación chilena y los reglamentos por los cuales habrán de regirse en el país, sus agencias, actos, contratos y obligaciones; (C) Que los bienes de la Sociedad quedan afectos a las leyes chilenas, especialmente para responder de las obligaciones que ella haya de cumplir en Chile; (D) Que el capital efectivo de la Sociedad en Chile para el giro de sus operaciones es de €6.422.479, ya ingresados a la caja de la Agencia en Chile con anterioridad; y, (E) Que el domicilio de la Agencia en Chile es la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda instalar oficinas, agencias y sucursales en esa u otras ciudades del país o del extranjero. Demás menciones en protocolización y escritura extractadas. Santiago, 23 de septiembre de 2026.