CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA ENOC LIMITADA

CVE 2878406
Capital
$292.929.293 CLP
Fecha instrumento
3 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTIN

Instrumento

Fecha
3 de septiembre de 2026
Repertorio
20495-2026
Comuna
Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTIN

Sociedad

Capital
$292.929.293 CLP
Ley aplicable
Ley N° 3.918

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, Abogado, Notario Suplente del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, según Decreto Judicial protocolizado en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, de la comuna de Santiago certifico: Que por escritura pública de fecha 3 de septiembre de 2026, otorgada ante don el titular, bajo el repertorio N° 20495- 2026, doña Marisel Paola Arancibia Pacheco, chilena, soltera, factor de comercio, domiciliada en Francisco Núñez Venegas número 1569, comuna de Buin, Región Metropolitana, y doña Carola de las Mercedes Moneta Zúñiga, chilena, divorciada, secretaria administrativa, domiciliada en Linderos número 1421, Torre 9, departamento 32, comuna de Arica, Región de Arica y Parinacota, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, de conformidad con la Ley N° 3.918, cuyo nombre o razón social es “SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA ENOC LIMITADA”, pudiendo actuar también bajo el nombre de fantasía “ENOC LTDA.”. El objeto social será la actividad comercial e inversión inmobiliaria en sus formas más amplias, incluyendo la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales; la prestación de servicios relacionados con bienes muebles o inmuebles; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones; cualquier actividad relacionada con la actividad inmobiliaria, y cualquier otro negocio que acuerden los socios, especialmente el establecimiento y comercialización de nuevas tecnologías asociadas al giro social. El capital social asciende a la suma de $292.929.293, que se enterará de la siguiente forma: Doña Marisel Paola Arancibia Pacheco aporta la suma de $290.000.000 mediante el aporte en dominio de dos inmuebles: el primero, ubicado en calle Francisco Núñez Venegas número 1569, correspondiente al Lote número 39 de la Manzana A, del conjunto habitacional Haras de Buin, Etapa 1A1, comuna de Buin, Rol de Avalúo N° 4650-22 de la comuna de Buin, cuyo dominio rola inscrito a fojas 490, número 597, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Buin, correspondiente al año 2022, valorado en $143.000.000; y el segundo, ubicado en calle Francisco Núñez Venegas número 1561, correspondiente al Lote número 40 de la Manzana A del mismo conjunto habitacional, comuna de Buin, Rol de Avalúo N° 4650-21 de la comuna de Buin, cuyo dominio rola inscrito a fojas 1.723 vuelta, número 2.203, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Buin, correspondiente al año 2024, valorado en $147.000.000. Doña Carola de las Mercedes Moneta Zúñiga aporta la suma de $2.929.293, en dinero efectivo, pagado al contado en este acto. El capital queda íntegramente suscrito y se enterará en la forma indicada. La administración, representación y uso de la razón social corresponderán a doña Marisel Paola Arancibia Pacheco, quien, anteponiendo a su firma la razón social, obligará a la sociedad en los términos establecidos en la escritura social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes enterados. La duración de la sociedad será indefinida. La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. La sociedad no se disolverá por el fallecimiento de cualquiera de los socios, y continuará en los términos establecidos en la escritura social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de septiembre de 2026.-