CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RLS Abogados Limitada

CVE 2878212
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
3 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de septiembre de 2026
Repertorio
14951-2026
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP
Duración
La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años, a contar de la fecha de la escritura de constitución, que será renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, salvo que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. La

Objeto social

La sociedad tendrá como objeto único y exclusivo la prestación de servicios, consultorías y asesorías legales y tributarias, a personas naturales, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, nacionales o extranjeras. El objeto social será desarrollado mediante la intervención directa de los socios de la Sociedad, quienes son en su totalidad personas naturales, con profesiones afines y complementarias al objeto social; (C)

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por doña Rosario Lagos Soza; (E)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 3 de septiembre de 2026, repertorio N°14.951-2026, doña Rosario Lagos Soza y don Juan Ignacio Lagos Soza, ambos domiciliados para estos efectos en calle Hendaya 60, oficina 601, comuna de Las Condes, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, cuyas menciones extractables son las siguientes: (A) Razón Social: “RLS Abogados Limitada”; (B) Objeto: La sociedad tendrá como objeto único y exclusivo la prestación de servicios, consultorías y asesorías legales y tributarias, a personas naturales, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, nacionales o extranjeras. El objeto social será desarrollado mediante la intervención directa de los socios de la Sociedad, quienes son en su totalidad personas naturales, con profesiones afines y complementarias al objeto social; (C) Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $100.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: i) Doña Rosario Lagos Soza aporta $99.000, que equivalen al 99% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo, y ii) Don Juan Ignacio Lagos Soza aporta $1.000, que equivalen al 1% del capital social, que se enteran en este acto, al contado, en dinero efectivo; (D) Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por doña Rosario Lagos Soza; (E) Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años, a contar de la fecha de la escritura de constitución, que será renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, salvo que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de los respectivos aportes. Las demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en la escritura extractada.- Doy fe.- Santiago, 21 de septiembre de 2026.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.