LNM CORREDORES DE SEGUROS SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 77974
- Notario
- GONZALO PRIETO MAGNOLFI
- Oficio
- Titular de la Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $100.616 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO PRIETO MAGNOLFI, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaría de La Reina, don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifico que: por escritura pública otorgada el 2 de septiembre de 2026, repertorio N°77.974 – 2026, ante el Notario Titular Pablo Martínez Loaiza: NICOLÁS ALEJANDRO SANGUINETTI VALLEJOS, cédula nacional de identidad N°17.948.088-3, domiciliado para estos efectos, en calle La Perousse N°5.281, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de único accionista, según registro de accionistas tenido a la vista, de “LNM CORREDORES DE SEGUROS SpA”, rol único tributario N°77.442.799-6, sociedad inscrita a fojas 66.183, número 30.709 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, declara: Uno) Dividir “LNM CORREDORES DE SEGUROS SpA” en una sociedad continuadora, que conservará la razón social; y, en una nueva sociedad por acciones, que operará bajo la razón social de “INVERSIONES EL PEUMO SpA”. Dos) En virtud de la división señalada, el accionista declara que se disminuye el capital de la sociedad continuadora “LNM CORREDORES DE SEGUROS SpA” desde la suma de $1.000.000 a la suma de $100.616 dividido en 1.000 acciones nominativas. En consecuencia, el monto de la disminución de capital asciende a $899.384. Tres) Producto de lo anterior, se sustituyen el Artículo Quinto Permanente y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos, siendo materia de extracto lo siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es de $100.616, dividido en 1.000 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos”. Santiago, 15 de septiembre de 2026.