Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2026
- Repertorio
- 12366-2026
- Notario
- Luis Alberto Maldonado Concha
- Oficio
- Segunda Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Sociedad
- Capital
- $12.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2026, ante mí, Repertorio N° 12.366-2026, doña Beatriz Carolina Schmidt Klein, don Alejandro Rodrigo Schmidt Klein, don Marcelo Andrés Schmidt Klein y doña Lotty Lidia Klein Münzenmayer, en su calidad de únicos y actuales accionistas de INVERSIONES SK SpA, inscrita a fojas 15 número 8, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas correspondiente al año 2022, acordaron: Uno) Disminuir el capital a la suma de $12.000.000 dividido en 1.200 acciones ordinarias y nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, reemplazarlo íntegramente el Artículo Quinto del estatuto social vigente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social asciende a la suma de doce millones de pesos, dividido en mil doscientas acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma que señala el Artículo Primero Transitorio.”. Además, se reemplaza íntegramente el Artículo Primero Transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social ascendente a la suma de doce millones pesos, dividido en mil doscientas acciones, todas nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas en el acto de constitución en la siguiente forma: Uno. Doña BEATRIZ CAROLINA SCHMIDT KLEIN, suscribió y pagó trescientas acciones; Dos. Don ALEJANDRO RODRIGO SCHMIDT KLEIN, suscribió y pagó trescientas acciones; Tres. Don MARCELO ANDRÉS SCHMIDT KLEIN, suscribió y pagó trescientas acciones; Cuatro. Doña LOTTY LIDIA KLEIN MÜNZENMAYER, suscribió y pagó trescientas acciones.”; Dos) Disolver anticipadamente la Sociedad de conformidad con sus estatutos, el artículo 427 del Código de Comercio y el artículo 103 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, en lo que fuera aplicable; y Tres) Practicar y dar por íntegramente concluida la liquidación de la Sociedad en el mismo acto, adjudicándose el activo y el pasivo de la Sociedad como indica la escritura. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Vitacura, 22 de septiembre de 2026.