CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA TRES ÁLAMOS LIMITADA

CVE 2878399
Capital
$1.500 CLP
Fecha instrumento
27 de agosto de 2026
Notaría
Rancagua
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de agosto de 2026
Repertorio
1906-2026
Notario
RODRIGO JAVIER DÍAZ SUÁREZ
Oficio
7° Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$1.500 CLP
Domicilio
La ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) Realizar inversiones inmobiliarias, celebrar respecto de ellas toda clase de actos y contratos y efectuar en los bienes que adquiera construcciones y transformaciones y todas las operaciones inmobiliarias que estime pertinentes; b) Ejecutar por cuenta propia o ajena negocios de loteamiento, urbanización y construcción inmobiliaria, la compra de terrenos con el ánimo de venderlos a terceros en un solo cuerpo o en lotes, urbanizados o no; la compra y construcción de edificios, centros comerciales, bodegas, oficinas, estacionamientos y viviendas para renta y)o para venderlos por pisos o locales o en un solo cuerpo; c) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de obras civiles de arquitectura, ingeniería y construcción, tales como casas, departamentos, edificios, caminos, puentes y otros, incluyendo remodelaciones, ampliaciones y reparaciones; el desarrollo de proyectos inmobiliarios, por cuenta propia o ajena; d) La compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la compraventa y arrendamiento de equipos, vehículos y materiales para la construcción; e implementación de proyectos de ingeniería y construcción; e) La prestación de servicios profesionales y asesorías directas e indirectas relacionadas con la ingeniería y construcción; f) La participación en toda clase de sociedades civiles o comerciales, comunidades, asociaciones o cuentas en participación; y g) Realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro mencionado

Administración

Corresponderá conjuntamente a dos cualesquiera de los socios don ANDRÉS FRANCISCO ÁLAMOS DONOSO, don CRISTÓBAL GUILLERMO ÁLAMOS DONOSO y doña VERÓNICA JOSEFINA ÁLAMOS DONOSO, quienes actuando conjuntamente representarán a la sociedad con amplias facultades del giro ordinario. Excepción de Firma Conjunta de los Tres

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO JAVIER DÍAZ SUÁREZ, abogado, Notario Público 7° Notaría de Rancagua, con domicilio en avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N° 340, local 3, comuna y ciudad de Rancagua: certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de agosto de 2026, repertorio N° 1906- 2026, otorgada ante mi suplente, don Mauricio Hernan Rojas Trincado, comparecieron: don ANDRÉS FRANCISCO ÁLAMOS DONOSO, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I. N° 18.636.560-7; don CRISTÓBAL GUILLERMO ÁLAMOS DONOSO, chileno, soltero, ingeniero civil industrial, C.I. N° 19.081.262-6; y doña VERÓNICA JOSEFINA ÁLAMOS DONOSO, chilena, soltera, psicóloga, C.I. N° 19.893.544-1, representada por doña VERÓNICA MABEL DONOSO BUSTAMANTE, chilena, viuda, ingeniero agrónomo, C.I. N° 8.609.573-4; todos domiciliados en Nuestra Señora del Rosario número 360, dpto. 134, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: "INMOBILIARIA TRES ÁLAMOS LIMITADA", pudiendo funcionar con nombre de fantasía "TRES ÁLAMOS LTDA. “Objeto: a) Realizar inversiones inmobiliarias, celebrar respecto de ellas toda clase de actos y contratos y efectuar en los bienes que adquiera construcciones y transformaciones y todas las operaciones inmobiliarias que estime pertinentes; b) Ejecutar por cuenta propia o ajena negocios de loteamiento, urbanización y construcción inmobiliaria, la compra de terrenos con el ánimo de venderlos a terceros en un solo cuerpo o en lotes, urbanizados o no; la compra y construcción de edificios, centros comerciales, bodegas, oficinas, estacionamientos y viviendas para renta y/o para venderlos por pisos o locales o en un solo cuerpo; c) El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de obras civiles de arquitectura, ingeniería y construcción, tales como casas, departamentos, edificios, caminos, puentes y otros, incluyendo remodelaciones, ampliaciones y reparaciones; el desarrollo de proyectos inmobiliarios, por cuenta propia o ajena; d) La compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la compraventa y arrendamiento de equipos, vehículos y materiales para la construcción; e implementación de proyectos de ingeniería y construcción; e) La prestación de servicios profesionales y asesorías directas e indirectas relacionadas con la ingeniería y construcción; f) La participación en toda clase de sociedades civiles o comerciales, comunidades, asociaciones o cuentas en participación; y g) Realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro mencionado. Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que establezca en el país o en el extranjero. Administración y Uso de la Razón Social: Corresponderá conjuntamente a dos cualesquiera de los socios don ANDRÉS FRANCISCO ÁLAMOS DONOSO, don CRISTÓBAL GUILLERMO ÁLAMOS DONOSO y doña VERÓNICA JOSEFINA ÁLAMOS DONOSO, quienes actuando conjuntamente representarán a la sociedad con amplias facultades del giro ordinario. Excepción de Firma Conjunta de los Tres Socios: Requerirán obligatoriamente la actuación y firma conjunta de los tres (3) socios los siguientes actos: 1) Comprar y vender bienes inmuebles; 2) Hipotecar bienes inmuebles; 3) Endeudamiento sobre cierto monto que exceda las 500 UF; 4) Garantizar deudas personales de socios o terceros; 5) Prestar dinero a los socios; 6) Modificar participaciones sociales; 7) Distribuir grandes cantidades de capital que excedan las 500 UF; y 8) Celebrar actos u operaciones entre la sociedad y alguno de los socios o sus partes relacionadas. Capital Social: $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos), aportado e ingresado en dinero efectivo a la caja social por los socios de la siguiente forma: a) Andrés Francisco Álamos Donoso: $500.000; b) Cristóbal Guillermo Álamos Donoso: $500.000; y c) Verónica Josefina Álamos Donoso: $500.000. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Duración: Indefinida, a contar de esta fecha. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 24 de septiembre de 2026.