MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGRÍCOLA SANTA PAMELA SpA

RUT 76248140-5 CVE 2877947
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de marzo de 2024
Notaría
Putaendo de doña Cristina Evelyn Lolas

Instrumento

Fecha
19 de marzo de 2024
Repertorio
551
Notario
AGRÍCOLA SANTA PAMELA SpA EVELYN LOLAS CHABÁN
Domicilio
Provincia de Putaendo
Comuna
Putaendo de doña Cristina Evelyn Lolas

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
AGRÍCOLA SANTA PAMELA SpA socio 76248140-5 — —

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

AGRÍCOLA SANTA PAMELA SpA EVELYN LOLAS CHABÁN, Abogado, NOTARIO PÚBLICO Titular de La Provincia de Putaendo, con oficio en Calle Comercio N° 496, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha catorce de septiembre de dos mil veintiséis, doña PATRICIA SAPAJ SABAJ, 8.035.294-8; doña PAMELA PATRICIA ARRIAGADA SAPAJ, 16.701.846-7; y don PABLO ANDRÉS ARRIAGADA SAPAJ, 17.300.428-1, únicos accionistas de AGRÍCOLA SANTA PAMELA SpA, RUT 76.248.140-5, acordaron sanear, rectificar, complementar y modificar la escritura de modificación y transformación de la sociedad, de fecha 19 de marzo de 2024, otorgada ante el Notario Público de San Felipe don Jaime Polloni Contardo, Repertorio 551, cuyo extracto se inscribió a fojas 2 número 2 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Putaendo correspondiente al año 2024 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 3 de abril de 2024. La sociedad fue constituida originalmente como AGRÍCOLA SANTA PAMELA LIMITADA con un capital inicial de $2.000.000, por escritura pública de fecha 20 de octubre de 2004, otorgada en la Notaría de Putaendo de doña Cristina Evelyn Lolas; su extracto se inscribió a fojas 19 número 23 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Putaendo correspondiente al año 2004 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 8 de 11 de 2004. El saneamiento y rectificación se efectúan por cuanto la escritura de modificación y transformación omitió expresar con precisión el monto del aumento de capital, el tratamiento del capital preexistente, el número de acciones asignadas a cada accionista y la forma individual de suscripción y pago, y dividió el capital en un número de acciones que no permitía representar mediante acciones enteras el capital preexistente y los aportes efectuados. En consecuencia, se acordó: UNO) Precisar que el capital preexistente de $2.000.000 quedó representado en 2.000 acciones nominativas, ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, distribuidas en 1.000 acciones para doña Patricia Sapaj Sabaj, 700 acciones para don Pablo Andrés Arriagada Sapaj y 300 acciones para doña Pamela Patricia Arriagada Sapaj. DOS) Aumentar dicho capital en $242.000.000, mediante la emisión de 242.000 nuevas acciones, quedando fijado el capital social en $244.000.000, dividido y representado en 244.000 acciones nominativas, ordinarias, de una única serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. TRES) Dejar constancia que el aumento fue íntegramente suscrito y pagado por don Pablo Andrés Arriagada Sapaj, mediante aportes en dominio por $115.000.000, correspondientes a una parcela valorizada en $105.000.000 y derechos de aprovechamiento de aguas valorizados en $10.000.000; y por doña Pamela Patricia Arriagada Sapaj, mediante aportes en dominio por $127.000.000, correspondientes a un departamento valorizado en $112.000.000, una bodega valorizada en $3.000.000 y un estacionamiento valorizado en $12.000.000. Los accionistas aprobaron y ratificaron por unanimidad dichos aportes y valorizaciones. Doña Patricia Sapaj Sabaj no efectuó nuevo aporte con ocasión del aumento. CUATRO) Reemplazar íntegramente el artículo cuarto del Título Segundo de los estatutos, estableciendo el capital y número de acciones antes indicados y disponiendo que las acciones se emitirán sin imprimir láminas físicas. CINCO) Reemplazar íntegramente el artículo primero transitorio, dejando constancia que el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente manera: a) doña Patricia Sapaj Sabaj suscribe 1.000 acciones, pagadas mediante la imputación de $1.000.000 correspondiente a su participación en el capital preexistente; b) don Pablo Andrés Arriagada Sapaj suscribe 115.700 acciones, de las cuales 700 se pagan mediante la imputación de $700.000 correspondiente a su participación en el capital preexistente y 115.000 mediante los aportes en dominio antes señalados; y c) doña Pamela Patricia Arriagada Sapaj suscribe 127.300 acciones, de las cuales 300 se pagan mediante la imputación de $300.000 correspondiente a su participación en el capital preexistente y 127.000 mediante los aportes en dominio antes señalados. No existen acciones pendientes de suscripción ni saldo pendiente de pago. SEIS) Rectificar toda referencia a la Ley número 19.857, la que debe entenderse efectuada a los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y precisar que la transformación no creó una nueva persona jurídica, manteniéndose la continuidad de la personalidad jurídica, patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad. En todo lo no rectificado, complementado, modificado o saneado, se ratificaron íntegramente la escritura de modificación y transformación y los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Putaendo, 14 de Septiembre de 2026.