SOCIEDAD MÉDICA DE CUIDADOS CRITICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 3460/2026
- Notario
- MARCOS ANDRES DIAZ LEON
- Oficio
- Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca
- Comuna
- Viña del Mar con asiento en Reñaca
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Viña del Mar. Responsabilidad de socios queda limitada al monto de respectivos
- Duración
- 5 años contados esta fecha que se prorroga en forma automática y sucesiva por períodos iguales de 2 años cada uno
Objeto social
Será: la prestación por cuenta propia, ajena o asociado con terceros de las siguientes actividades: a) La prestación de toda clase de servicios, consultoría y asesorías profesionales integrales en todas las áreas de la salud y medicina en general, en sus diversas especialidades, muy especialmente en las áreas de la medicina interna, de urgencia e intensiva, y en todas las áreas de la enfermería en general, en sus diversas formas o especies; pudiendo ejecutar acciones de salud de cualquier naturaleza y prestar estos servicios, ya sea en consultas, centro médicos, clínicas, hospitales y en cualesquiera otros centros de salud o que tengan por objeto la recuperación de la salud de las personas, pudiendo efectuar cirugías y desarrollando acciones de prevención, tratamiento y rehabilitación, especialmente en unidades de cuidado intensivo. Asimismo, la sociedad podrá cumplir los objetivos señalados, en forma particular, a través de centros de servicios de urgencias o emergencias, contando para ello, con los medios propios necesarios para comunicación y traslados rápidos y expeditos de pacientes, y en general, desarrollar todo tipo de prestaciones de salud que emanen de las anteriormente expuestas pudiendo pactar con todo tipo de instituciones públicas y)o privadas y muy especialmente con el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), Servicios de Salud e Instituciones de Salud Previsional (Isapres). Asimismo, podrá efectuar todas estas prestaciones, así como todo tipo de prestaciones quirúrgicas ambulatorias, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de estos servicios, pudiendo otorgar atenciones profesionales médicas o de enfermería de urgencia, en domicilio propio o de terceros, pudiendo contar al efecto con medios de traslado y comunicación. Para el ejercicio de tales prestaciones, la sociedad podrá celebrar todo tipo de actos jurídicos con el fondo nacional de salud, instituciones de salud previsional, aseguradoras, municipalidades, servicios de salud, redes o sociedades de prestadores, la dirección de compras y contrataciones públicas, clínicas y hospitales públicos y privados, y en general, con toda persona natural o jurídica; Participar en todo tipo de proyectos o licitaciones, públicas o privadas; y adjudicarse unas y otras; celebrar contratos, convenios o actos jurídicos de todo tipo con la dirección de compras y contrataciones públicas o con cualquier entidad o persona natural o jurídica
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño N° 14.439, local 105, certifico: por escritura pública de 11-09-2026, otorgada ante Notario Suplente Gastón Danilo Flores Estay, Repertorio 3460/2026, ALEJANDRO IVAN GUERRA BORQUEZ, JAEL ANDREA MENESES FRIEDMANN, VALERIA DENISSE GUERRA MENESES y NICOLE AIME GUERRA MENESES, todos Avenida Borgoño 23032, departamento 1201, Concón; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. OBJETO: Será: la prestación por cuenta propia, ajena o asociado con terceros de las siguientes actividades: a) La prestación de toda clase de servicios, consultoría y asesorías profesionales integrales en todas las áreas de la salud y medicina en general, en sus diversas especialidades, muy especialmente en las áreas de la medicina interna, de urgencia e intensiva, y en todas las áreas de la enfermería en general, en sus diversas formas o especies; pudiendo ejecutar acciones de salud de cualquier naturaleza y prestar estos servicios, ya sea en consultas, centro médicos, clínicas, hospitales y en cualesquiera otros centros de salud o que tengan por objeto la recuperación de la salud de las personas, pudiendo efectuar cirugías y desarrollando acciones de prevención, tratamiento y rehabilitación, especialmente en unidades de cuidado intensivo. Asimismo, la sociedad podrá cumplir los objetivos señalados, en forma particular, a través de centros de servicios de urgencias o emergencias, contando para ello, con los medios propios necesarios para comunicación y traslados rápidos y expeditos de pacientes, y en general, desarrollar todo tipo de prestaciones de salud que emanen de las anteriormente expuestas pudiendo pactar con todo tipo de instituciones públicas y/o privadas y muy especialmente con el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), Servicios de Salud e Instituciones de Salud Previsional (Isapres). Asimismo, podrá efectuar todas estas prestaciones, así como todo tipo de prestaciones quirúrgicas ambulatorias, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de estos servicios, pudiendo otorgar atenciones profesionales médicas o de enfermería de urgencia, en domicilio propio o de terceros, pudiendo contar al efecto con medios de traslado y comunicación. Para el ejercicio de tales prestaciones, la sociedad podrá celebrar todo tipo de actos jurídicos con el fondo nacional de salud, instituciones de salud previsional, aseguradoras, municipalidades, servicios de salud, redes o sociedades de prestadores, la dirección de compras y contrataciones públicas, clínicas y hospitales públicos y privados, y en general, con toda persona natural o jurídica; Participar en todo tipo de proyectos o licitaciones, públicas o privadas; y adjudicarse unas y otras; celebrar contratos, convenios o actos jurídicos de todo tipo con la dirección de compras y contrataciones públicas o con cualquier entidad o persona natural o jurídica.- RAZÓN SOCIAL:"SOCIEDAD MÉDICA DE CUIDADOS CRITICOS LIMITADA", nombre fantasía: "SALUD INTENSIVA LIMITADA". ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: separadamente en forma indistinta, a ALEJANDRO GUERRA BÓRQUEZ o a JAEL MENESES FRIEDMANN. CAPITAL: $2.000.000, socios aportan, enteran y pagan, siguiente manera: A) Alejandro Iván Guerra Bórquez, aporta $800.000, que entera y paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; B) Jael Andrea Meneses Friedmann, aporta $680.000, que entera y paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; C) Valeria Denisse Guerra Meneses, aporta $260.000, que entera y paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; y, D) Nicole Aime Guerra Meneses, aporta $260.000, que entera y paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. DURACIÓN: 5 años contados esta fecha que se prorroga en forma automática y sucesiva por períodos iguales de 2 años cada uno. DOMICILIO: Viña del Mar. Responsabilidad de socios queda limitada al monto de respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 22 septiembre 2026.