Instrumento
- Fecha
- 9 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 8661/2026
- Notario
- María Patricia Donoso Gomien
- Oficio
- 27ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- la sociedad tendrá una duración de cinco años contados desde la fecha de la escritura social, plazo que se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo que el accionista manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con a lo menos sesenta días de anticipación al vencimiento del plazo respectivo
Objeto social
la sociedad tiene por
Administración
la administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don JUAN PABLO GUERRERO PULGAR, quien actuará como Gerente General y administrador, y es nombrado en este acto en Junta de Accionistas, con las más amplias facultades de administración y disposición, incluidas las facultades especiales de autocontratar y las señaladas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Patricia Donoso Gomien, Notario Público, Titular de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de septiembre de 2026, Repertorio N° 8661/2026, ante mí: don JUAN PABLO GUERRERO PULGAR, chileno, psicólogo y empresario, casado, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos sesenta y siete mil seiscientos ochenta y cinco guión ocho, domiciliado en avenida La Dehesa número mil novecientos treinta y nueve, oficina cuatrocientos seis, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; el compareciente mayor de edad, quien expone que por escritura pública de fecha nueve de Septiembre de dos mil veintiséis, otorgada ante esta Notaría, Repertorio número ocho mil seiscientos sesenta y uno guión dos mil veintiséis, ha constituido una sociedad por acciones, regida por el Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, por el Código Civil, y en especial por los siguientes estatutos, que en lo pertinente se extractan: Nombre: la sociedad se denomina "INVERSIONES MAHI SpA", pudiendo actuar en todo caso sin limitación alguna y para todos los efectos ante toda clase de instituciones, públicas o privadas, con el nombre de fantasía "MAHI SpA". Domicilio: la sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: la sociedad tendrá una duración de cinco años contados desde la fecha de la escritura social, plazo que se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo que el accionista manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con a lo menos sesenta días de anticipación al vencimiento del plazo respectivo. Objeto: la sociedad tiene por objeto: Uno) la inversión y participación, a cualquier título, en el capital de otras sociedades, chilenas o extranjeras, cualquiera sea su naturaleza, giro u objeto, siendo éste el objeto principal de la sociedad; Dos) la inversión y reinversión en toda clase de otros bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como bonos, debentures, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos y de fondos de inversión, y demás valores mobiliarios e instrumentos financieros, sea en Chile o en el extranjero; Tres) la adquisición, enajenación, administración y explotación de bienes raíces, urbanos o rústicos, incluyendo su arrendamiento y subarrendamiento; Cuatro) el otorgamiento y la obtención de mutuos, préstamos y créditos, con o sin garantía, y la constitución de garantías reales o personales para caucionar obligaciones propias o de terceros, incluidas sociedades relacionadas; y Cinco) realizar cualquier otra actividad comercial, civil o industrial conexa, complementaria o derivada de las anteriores. Capital: el capital de la sociedad es la cantidad de cinco millones de pesos, dividido en quinientas acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, de un valor de diez mil pesos cada una, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos; el capital se suscribe y paga en su totalidad en este mismo acto por don JUAN PABLO GUERRERO PULGAR, ingresado en caja social. Administración: la administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don JUAN PABLO GUERRERO PULGAR, quien actuará como Gerente General y administrador, y es nombrado en este acto en Junta de Accionistas, con las más amplias facultades de administración y disposición, incluidas las facultades especiales de autocontratar y las señaladas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. Se faculta al portador de copia autorizada de la escritura o de este extracto para requerir las inscripciones, subinscripciones y publicaciones que procedan.- Santiago, 21 de Septiembre de 2026.