Instrumento
- Fecha
- 29 de julio de 2026
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- 40º Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) la realización y desarrollo de proyectos inmobiliarios; b) la construcción por cuenta propia o ajena de todo tipo de edificaciones y urbanizaciones, ya sea por obra vendida o por administración; c) la organización, promoción, planificación y venta de loteos; d) la compra, venta, arriendo y explotación bajo cualquier forma de toda clase de bienes, muebles o inmuebles; e) la inversión en todo tipo de negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social, que los socios acuerden
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA CENTRO SpA | socio | 77923505-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Interino de la 40º Notaría Santiago, Teatinos Nº332, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 29 de julio de 2026, Repertorio Nro. 3399/2026, comparece ante mí, INMOBILIARIA CENTRO SpA, RUT 77.923.505-k, quien constituye sociedad por acciones, cuyo estatuto extracto. Razón social: «INMOBILIARIA RENTAS LA FLORIDA SpA», pudiendo también actuar, inclusive ante los bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía o sigla de «RENTAS LA FLORIDA SpA» Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) la realización y desarrollo de proyectos inmobiliarios; b) la construcción por cuenta propia o ajena de todo tipo de edificaciones y urbanizaciones, ya sea por obra vendida o por administración; c) la organización, promoción, planificación y venta de loteos; d) la compra, venta, arriendo y explotación bajo cualquier forma de toda clase de bienes, muebles o inmuebles; e) la inversión en todo tipo de negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social, que los socios acuerden. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, suscrito y pagado en el acto, conforme al Art. Primero Transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de septiembre de 2026.-