Instrumento
- Fecha
- 10 de septiembre de 2026
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $180.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
el giro y objeto de la sociedad será inversiones e inmobiliaria, y en especial: a) la actividad inmobiliaria en sus formas más amplias, y en especial la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje e intermediación inmobiliaria, loteo, subdivisión, construcción, urbanización u otra forma de explotación o comercialización de bienes raíces, urbanos o rurales, y de sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; y b) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, cuotas o derechos y valores, cualquiera sea su naturaleza, en todo tipo de sociedades o comunidades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de Septiembre de 2026 ante mí, doña MARCELA VERÓNICA ARANCIBIA JORQUERA, chilena, soltera, empresaria, cédula nacional de identidad número once millones seiscientos treinta mil novecientos dieciocho guion uno, y doña NATALIA RENIEE GUERRERO ARANCIBIA, chilena, divorciada, dependiente, cédula nacional de identidad número diecisiete millones trescientos ocho mil cuatrocientos cincuenta y seis guion cero, ambas Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva 670, Dpto. 21, Renca; constituyen una sociedad por acciones: Razón Social: INMOBILIARIA E INVERSIONES EMPOLI SpA, pudiendo usar como nombre de fantasía EMPOLI SpA.- Domicilio: ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- Objeto: el giro y objeto de la sociedad será inversiones e inmobiliaria, y en especial: a) la actividad inmobiliaria en sus formas más amplias, y en especial la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, administración, corretaje e intermediación inmobiliaria, loteo, subdivisión, construcción, urbanización u otra forma de explotación o comercialización de bienes raíces, urbanos o rurales, y de sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; y b) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, cuotas o derechos y valores, cualquiera sea su naturaleza, en todo tipo de sociedades o comunidades.- Duración: indefinida.- Capital: $180.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscrito y pagado de la siguiente forma: MARCELA VERÓNICA ARANCIBIA JORQUERA suscribe y paga 84 acciones, en la suma de $148.850.000.-, mediante el aporte en dominio pleno de los inmuebles y vehículos que se singularizan en la escritura extractada; y NATALIA RENIEE GUERRERO ARANCIBIA suscribe 16 acciones, en la suma de $27.963.924.-, que paga: a) con $5.000.000.-, de contado y en dinero efectivo, ya ingresado en arca social; y b) el saldo, en el plazo de tres años contado desde esta fecha, dinero efectivo, según las necesidades sociales lo requieran.- Demás estipulaciones, escritura extractada.- Santiago, 21 de Septiembre 2026.