ASAL AUTOMOTRIZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de septiembre de 2026
- Notario
- ELIANA ANDREA MARTINEZ CARDENAS
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Administración
Atendido el fallecimiento del socio administrador don MIGUEL AGUILERA BADILLA y conforme a las cláusulas cuarta y décima del pacto social, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden exclusivamente a doña GRACIELA DEL CARMEN SALGADO CERNA. Esta declaración es de carácter declarativo y no modifica las referidas cláusulas del pacto social. Consta certificado de exención total del impuesto a las herencias, folio N.º 5.501.355, emitido por el Servicio de Impuestos Internos, IX Dirección Regional Temuco, con fecha 28 de febrero de 2026. En todo lo demás permanecen plenamente vigentes y sin modificación las estipulaciones del pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELIANA ANDREA MARTINEZ CARDENAS, Abogado, Notario Público de Temuco, con jurisdicción en la agrupación de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, Suplente de la Notario Titular doña ESMIRNA VIDAL MORAGA, con oficio en la ciudad de Temuco, calle Antonio Varas número novecientos setenta y nueve, certifico: Por escritura pública de fecha 1 de septiembre de 2026, Repertorio N.º 9.830-2026, otorgada ante la Notario Titular doña ESMIRNA VIDAL MORAGA, doña GRACIELA DEL CARMEN SALGADO CERNA; doña SILVIA CAROLINA AGUILERA SALGADO; y don MIGUEL ALEJANDRO AGUILERA SALGADO, todos domiciliados para estos efectos en Parcela 34, Lomas de Temuco, comuna de Temuco, actuando por sí y como únicos integrantes de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don MIGUEL AGUILERA BADILLA, cédula nacional de identidad N.º 4.902.171-2, liquidaron y partieron parcialmente dicha comunidad hereditaria, exclusivamente respecto de los derechos que pertenecían al causante en la sociedad “ASAL AUTOMOTRIZ LIMITADA”, RUT N.º 76.364.692-0, y dejaron constancia de la actual composición de dicha sociedad. ANTECEDENTES: “ASAL AUTOMOTRIZ LIMITADA” fue constituida por escritura pública de fecha 5 de marzo de 2014, Repertorio N.º 1.219-2014, otorgada ante el Notario Público don Carlos Alarcón Ramírez. Su extracto se inscribió a fojas 449, N.º 334, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año 2014. FALLECIMIENTO Y CONTINUIDAD: Don MIGUEL AGUILERA BADILLA falleció el 12 de enero de 2025. Su posesión efectiva intestada fue concedida mediante Resolución Exenta N.º 4.865, de fecha 9 de abril de 2025, del Servicio de Registro Civil e Identificación, inscripción N.º 26.086 del año 2025, y fue anotada al margen de la inscripción social. Conforme a las cláusulas cuarta y décima del pacto social, la sociedad continuó con los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido. ADJUDICACIÓN DE DERECHOS SOCIALES: Los derechos sociales que pertenecían al causante, equivalentes al cuarenta por ciento de los derechos de la sociedad, fueron adjudicados de la siguiente forma: a) A doña GRACIELA DEL CARMEN SALGADO CERNA, el cincuenta por ciento de los derechos que pertenecían al causante, equivalente al veinte por ciento del total de los derechos sociales, valorizado en la suma de $2.000.000. b) A doña SILVIA CAROLINA AGUILERA SALGADO, el veinticinco por ciento de los derechos que pertenecían al causante, equivalente al diez por ciento del total de los derechos sociales, valorizado en la suma de $1.000.000. c) A don MIGUEL ALEJANDRO AGUILERA SALGADO, el veinticinco por ciento de los derechos que pertenecían al causante, equivalente al diez por ciento del total de los derechos sociales, valorizado en la suma de $1.000.000. COMPOSICIÓN SOCIAL RESULTANTE: Como consecuencia de las adjudicaciones, los únicos socios de “ASAL AUTOMOTRIZ LIMITADA” y sus respectivos porcentajes de participación en los derechos sociales son: a) Doña GRACIELA DEL CARMEN SALGADO CERNA, titular de un cuarenta por ciento de los derechos sociales. b) Doña SILVIA CAROLINA AGUILERA SALGADO, titular de un treinta y cinco por ciento de los derechos sociales. c) Don MIGUEL ALEJANDRO AGUILERA SALGADO, titular de un veinticinco por ciento de los derechos sociales. Los tres socios individualizados reúnen el cien por ciento de los derechos sociales. CAPITAL: El capital social se mantiene en la suma de $10.000.000, sin aumento, disminución ni modificación. Las adjudicaciones no alteran los aportes efectuados al constituirse la sociedad y tienen por objeto individualizar la titularidad actual de los derechos sociales que pertenecían al causante. La responsabilidad de los socios permanece limitada al monto de sus respectivos aportes. UTILIDADES Y PÉRDIDAS: La participación resultante de los socios en las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad queda distribuida de la siguiente forma: a) Doña GRACIELA DEL CARMEN SALGADO CERNA: cuarenta por ciento. b) Doña SILVIA CAROLINA AGUILERA SALGADO: treinta y dos coma cinco por ciento. c) Don MIGUEL ALEJANDRO AGUILERA SALGADO: veintisiete coma cinco por ciento. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Atendido el fallecimiento del socio administrador don MIGUEL AGUILERA BADILLA y conforme a las cláusulas cuarta y décima del pacto social, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden exclusivamente a doña GRACIELA DEL CARMEN SALGADO CERNA. Esta declaración es de carácter declarativo y no modifica las referidas cláusulas del pacto social. Consta certificado de exención total del impuesto a las herencias, folio N.º 5.501.355, emitido por el Servicio de Impuestos Internos, IX Dirección Regional Temuco, con fecha 28 de febrero de 2026. En todo lo demás permanecen plenamente vigentes y sin modificación las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Temuco, 21 de septiembre del 2026.-