Transportes Manquehue SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 5686/2026
- Notario
- Humberto Quezada Moreno
- Oficio
- Vigésimo Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Notario Público, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo Nº 3.196, comuna de Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 3 de septiembre de 2026, Repertorio N° 5.686 / 2026, otorgada ante mí, se redujo el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Transportes Manquehue SpA, sociedad inscrita a fojas 14.147, número 7.029 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1980 (la “Sociedad”), celebrada con fecha 1 de septiembre de 2026, en virtud de la cual don Jaime Andrés Trewick Burlé y Asesorías e Inversiones Estocolmo Limitada, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la Sociedad, según consta en el Registro de Accionistas de la Sociedad que tuve a la vista, acordaron modificar los artículos Primero y Tercero, relativos a la razón social y el objeto de la Sociedad, como sigue: “Artículo Primero. El nombre de la sociedad será “Logística y Marketing Manquehue SpA”; y “Artículo Tercero. La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: (i) el transporte de todo tipo de cargas, mercaderías y/o productos, de cualquier naturaleza y/u origen, ya sea en vehículos propios o ajenos; (ii) tomar y dar en arrendamiento vehículos de transporte de cargas y/o pasajeros, con o sin conductor; (iii) la prestación de servicios de bodegaje, almacenamiento, logística y distribución de todo tipo de cargas, mercaderías y/o productos; (iv) adquirir, arrendar y/o explotar en cualquier forma todo tipo de bienes inmuebles, propios o ajenos, destinados a centros de bodegaje, logística, distribución y depósitos de cargas, mercaderías y/o productos, y a talleres de mantenimiento y reparación de vehículos; (v) la planificación, diseño, organización, coordinación, producción, administración, implementación y ejecución de proyectos y campañas de promotoría, marketing, publicidad y comunicación, destinados a promocionar, posicionar, difundir, exhibir, demostrar o comercializar marcas, productos o servicios, incluyendo activaciones de marca, campañas en puntos de venta, merchandising, degustaciones, muestreos, lanzamientos, promociones, trade marketing y acciones de marketing directo, digital o experiencial; (vi) la organización, producción, coordinación y realización de eventos corporativos, comerciales, publicitarios, promocionales, culturales, deportivos, recreativos y de cualquier otra naturaleza, así como la provisión de los bienes y servicios necesarios para su ejecución; (vii) la prestación de servicios promocionales, operativos y de apoyo de carácter temporal u ocasional, incluyendo el reclutamiento, selección, contratación, capacitación, coordinación, supervisión y administración de promotores, anfitriones, modelos, vendedores, reponedores y demás personal necesario para la ejecución de dichos servicios, bajo la organización y dirección de la sociedad y con sujeción a la legislación aplicable; y (viii) la ejecución de todos los demás actos, contratos, negocios y actividades conexas, complementarias o conducentes al cumplimiento de los objetos anteriores.”. Demás estipulaciones constan en la reducción a escritura pública extractada. Santiago, 15 de Septiembre del año 2026. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.