Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2026
- Notario
- JULIO MONJE SILVA
- Oficio
- Primera Notaría de La Florida
- Comuna
- La Florida
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Puente Alto
- Duración
- Indefinida
Administración
La Sociedad será administrada por un administrador, quien, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social, representará a la Sociedad, con amplias facultades incluidas en el artículo décimo cuarto, de la escritura de constitución. El Capital Social es de $1.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, el que se encuentra suscrito y pagado conforme a lo señalado en el artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO MONJE SILVA, Notario Público Interino de la Primera Notaría de La Florida, y Oficio en Avenida Vicuña Mackenna Poniente Nº7131, certifico que: por escritura de hoy, otorgada ante mí, don CÉSAR AUGUSTO RIVEROS TRONCOSO, C.I.Nº7.815.629-5, domiciliado en Avenida Concha y Toro N°1320, comuna Puente Alto, de paso en ésta, Región Metropolitana; constituyó una Sociedad por Acciones, cuya razón social será “TRANSPORTES CART SpA”.- El Objeto social pactado es: a) la prestación de servicios de transporte terrestre de carga, por cuenta propia o ajena, dentro del territorio nacional o internacional, incluyendo especialmente el transporte de mercaderías, productos, materias primas, insumos, equipos y toda clase de bienes relacionados directa o indirectamente con la industria ganadera, agropecuaria, alimentaria y cárnica; b) el transporte terrestre de animales vivos, especialmente ganado bovino, porcino y otras especies destinadas a la producción, crianza, engorda, comercialización, faenamiento o procesamiento; c) el transporte de carnes, productos y subproductos cárnicos, productos refrigerados, congelados o que requieran condiciones especiales de conservación, así como de insumos, materiales, envases y demás bienes asociados a su producción, procesamiento, distribución y comercialización; d) la prestación de servicios de transporte y distribución de carga a terceros, especialmente a empresas relacionadas con la actividad ganadera, agropecuaria, frigorífica, faenadora, comercializadora y alimentaria; e) la prestación de servicios de logística, distribución, retiro, despacho, traslado, recepción y entrega de cargas y mercaderías relacionadas con las actividades anteriormente señaladas; f) la adquisición, arrendamiento, leasing, administración, explotación y disposición de camiones, tractocamiones, remolques, semirremolques, carrocerías, equipos de frío, vehículos de transporte de animales y, en general, toda clase de vehículos, maquinarias y equipos necesarios o convenientes para el desarrollo del giro social; g) la contratación y subcontratación de servicios de transporte, logística y demás servicios complementarios necesarios para el cumplimiento de su objeto; y h) en general, la realización de todos los actos, contratos, negocios y operaciones comerciales, civiles, financieras, mobiliarias o inmobiliarias que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sean necesarios, conducentes o complementarios para su desarrollo.- La Administración: La Sociedad será administrada por un administrador, quien, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social, representará a la Sociedad, con amplias facultades incluidas en el artículo décimo cuarto, de la escritura de constitución. El Capital Social es de $1.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, el que se encuentra suscrito y pagado conforme a lo señalado en el artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución. Domicilio: comuna de Puente Alto, sin perjuicio que se podrán establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año. Vigencia: Indefinida. Demás cláusulas contenida en escritura extractada.- LA FLORIDA, 31 de Agosto de 2026. NOTARIO.