Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 10732-/2026
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- 4° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto exclusivo: i) la adquisición, compra, venta, comercialización, por cuenta propia, de toda clase de vehículos motorizados usados, en los términos del artículo 12, letra A, número 1, del Decreto Ley número 825, de 1974, y del artículo 64 de su Reglamento; ii) la adquisición, por cuenta propia, sea por cesión o a cualquier otro título, de los derechos y opciones de compra emanados de contratos de arrendamiento con opción de compra de vehículos motorizados usados, y el ejercicio de tales opciones con el fin de adquirir el dominio de los vehículos; iii) la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos directamente conducentes al cumplimiento del objeto antes descrito
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la 4° Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita N° 20, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 11 de septiembre del año 2026, Repertorio N° 10.732.-/2026, otorgada ante mí; Automotriz Salfa Sur Limitada, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: “SSUR USADOS SpA”. Objeto: La Sociedad tiene por objeto exclusivo: i) la adquisición, compra, venta, comercialización, por cuenta propia, de toda clase de vehículos motorizados usados, en los términos del artículo 12, letra A, número 1, del Decreto Ley número 825, de 1974, y del artículo 64 de su Reglamento; ii) la adquisición, por cuenta propia, sea por cesión o a cualquier otro título, de los derechos y opciones de compra emanados de contratos de arrendamiento con opción de compra de vehículos motorizados usados, y el ejercicio de tales opciones con el fin de adquirir el dominio de los vehículos; iii) la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos directamente conducentes al cumplimiento del objeto antes descrito. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $10.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y por pagar en el plazo y forma establecidos en el Artículo Primero Transitorio de la escritura de constitución. Se facultó al portador de copia autorizada de la escritura para efectuar los trámites conducentes a la legalización de la constitución de la Sociedad. Santiago, 15 de septiembre del año 2026.- Cosme Fernando Gomila Gatica.- AVB.