Sociedad de Inversiones Integrales Naser SpA
Instrumento
- Repertorio
- 3715
- Notario
- JOAQUIN MUCARQUER PIMENTEL
- Domicilio
- Titular de Viña del Mar
Sociedad
- Domicilio
- Viña del Mar
- Duración
- cinco años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales
Administración
La sociedad será administrada por quienes se designen en calidad de administradores, designación que en este acto se hace en la persona de don AGUSTÍN RAÚL OLIVARES NASER
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOAQUIN MUCARQUER PIMENTEL, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de Viña del Mar, ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, con oficio en Arlegui 537, certifica: Por escritura de fecha 05 de agosto del 2026, Repertorio N°3715, ante mí, Don AGUSTÍN RAÚL OLIVARES NASER, chileno, divorciado, Ingeniero, Cédula nacional de identidad número cinco millones setenta y tres mil doscientos veintinueve guión cero, domiciliado en Camino Internacional número tres mil quinientos, Comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso. Por este acto viene en constituir una SOCIEDAD POR ACCIONES, de conformidad a las prescripciones de la Ley veinte mi ciento noventa y dieciocho mil cuarenta y seis, en todo lo que no se hubiere estipulado en este instrumento. - El NOMBRE de la sociedad será: “SOCIEDAD DE INVERSIONES INTEGRALES NASER SpA”, o “INVERSIONES NASER SpA”. ADMINISTRACION: La sociedad será administrada por quienes se designen en calidad de administradores, designación que en este acto se hace en la persona de don AGUSTÍN RAÚL OLIVARES NASER. DURACION: cinco años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales. DOMICILIO: Viña del Mar, sin perjuicio de sucursales. OBJETO SOCIEDAD: Efectuar toda clase de inversiones, dentro o fuera del país, en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos, instrumentos de renta fija o variable, efectos de comercio, títulos de crédito, criptoactivos y cualquier otro tipo de valor mobiliario o instrumento de inversión financiera. La adquisición a cualquier título, enajenación, comercialización, loteo, subdivisión, urbanización, construcción, arrendamiento, subarrendamiento, explotación y administración, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes raíces, ya sean urbanos o rurales, destinados a fines habitacionales, comerciales, industriales o agrícolas. La constitución, ingreso, adquisición, administración, explotación y enajenación de derechos, cuotas o participaciones sociales en todo tipo de sociedades civiles o comerciales, comunidades o asociaciones de cualquier naturaleza, ejerciendo la representación y administración de las mismas. La prestación de servicios de asesoría financiera, tributaria, contable, comercial, de gestión y de administración integral a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras. Inversiones integrales en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales. Administración, compraventa, arriendo, desarrollo y explotación de bienes inmuebles. Compraventa, arriendo y administración de todo tipo de vehículos. Importación, exportación y comercialización de vehículos, repuestos, y piezas necesarias para el desarrollo del giro. Desarrollo de seminarios, capacitaciones, diplomados, cursos, consultoría e implementación etc. sin que la enumeración sea taxativa referentes al giro. Cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, relacionados con el giro, y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden- CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad es la suma de cinco millones de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. El accionista AGUSTÍN RAÚL OLIVARES NASER, suscribe en este acto mil acciones, las que se pagaran aportando en este acto la suma de cinco millones de pesos del capital social, que pagan en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. DISOLUCIÓN: La sociedad se disolverá y liquidará por acuerdo de la Junta de Accionistas y en los demás casos establecidos por la ley. Demás estipulaciones en el pacto social constitutivo. Viña del Mar, 22 de Septiembre del 2026.