Sociedad Comercial y Profesional Enersol SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de agosto de 2026
- Repertorio
- 10267-2026
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- Cuadragésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $540.628.076 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público Interino de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por reducción a escritura pública de fecha 04 de agosto de 2026, repertorio 10267- 2026, ante mí, comparecen: don Juan Ignacio Zamorano Valenzuela, chileno, abogado, cedula nacional de identidad número 13.669.985-7, con domicilio en Avenida Apoquindo 2930, piso 9, Las Condes, redujo a Escritura Pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, “SOCIEDAD COMERCIAL Y PROFESIONAL ENERSOL SpA”, rol único tributario N° 76.025.241-7, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces a Fojas 29.727, N° 20.439, del año 2008. Asistieron a la Junta Extraordinaria de Accionista doña MARÍA CECILIA KARQUE ABUHADBA, chilena, soltera, traductora bilingüe, cédula de identidad 8.722.570-4, domiciliado en Julia Bernstein N° 306, G, comuna de La Reina, Santiago Región Metropolitana, don KLAUS GUNTHER KARQUE ABUHADBA, chileno, ingeniero civil, casado y separado de bienes, cédula nacional de identidad N° 8.722.536-4, domiciliado en Carlos Ossandón 1.851, B, comuna de La Reina, Santiago, Región Metropolitana, mayores de edad, acuerdan lo siguiente: i) Aumentar el capital de la sociedad aumentar el capital social desde la suma de $6.000.000, dividido en 6.000 acciones, hasta la suma de $540.628.076, dividido en 540.628 acciones, mediante un aumento efectivo de capital de $534.628.076, representado por la emisión de 534.628 nuevas acciones de pago, aumento que se materializa con el ingreso de doña Nancy Cecilia Del Carmen Abuhadba Aboid, quien suscribe 534.628 acciones, por la suma total de $534.628.076, y que se paga mediante la capitalización de un crédito o cuenta por cobrar de que es titular en contra de la Sociedad Comercial y Profesional Enersol SpA.; y ii) Modificar la administración de la sociedad. A fin de adecuar los estatutos sociales al nuevo capital y acciones, y la administración la Junta, por unanimidad, acuerda aprobar la modificación de los artículos pertinentes, motivo por el cual se reemplaza el Artículo Quinto del Título II de los Estatutos, por el que sigue: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la sociedad asciende a la cantidad de quinientos cuarenta millones seiscientos veintiocho mil setenta y seis pesos, dividido en quinientas cuarenta mil seiscientas veintiocho acciones de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y que se paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de estos estatutos”. $540.628.076, dividido en 540.628“ Se reemplaza el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos, por el que sigue: “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de quinientos cuarenta millones seiscientos veintiocho mil setenta y seis pesos, dividido en quinientas cuarenta mil seiscientas veintiocho acciones de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y que se paga como sigue: a) Don KLAUS GUNTHER KARQUE ABUHADBA suscribe y paga tres mil acciones de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que se encuentran pagadas íntegramente con anterioridad a la suscripción del presente instrumentó; y b) Doña MARÍA CECILIA KARQUE ABUHADBA suscribe y paga tres mil acciones de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que se encuentran pagadas íntegramente con anterioridad a la suscripción del presente instrumentó; y c) doña NANCY CECILIA DEL CARMEN ABUHADBA ABOID suscribe y paga quinientas treinta y cuatro mil seiscientas veintiocho acciones de una sola serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que se encuentran pagadas íntegramente con la capitalización de un crédito o cuenta por cobrar de que era titular.” Se remplaza el Artículo Séptimo de los Estatutos, designando la representación y el uso de la razón social corresponderá a don Klaus Gunther Karque Abuhadba, quien representará a la compañía con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, incluyendo la de autocontratar. En caso de que el administrador se encuentre impedido por fallecimiento, ausencia prolongada o impedido mentalmente de realizar su cometido, la sociedad será administrada de forma conjunta por doña María Cecilia Karque Abuhadba y don Agustín Karque de Freitas, en todo lo demás se mantiene vigentes los estatutos de la sociedad. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago 11 de septiembre 2026.