CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Raglan SpA

CVE 2876503
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
14 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de septiembre de 2026
Repertorio
21291-2026
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

“El objeto de la Sociedad será: /a) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales muebles incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, fondos de inversión, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales, únicamente en moneda nacional; /b) cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes, además realizar asesorías y prestar servicios de financiamientos de bienes muebles e inmuebles; c) Para los fines señalados precedentemente, podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital o de cuotas de fondos de inversión privados o públicos y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; d) cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas; /e) la adquisición, enajenación y arrendamiento, con o sin promesa de compraventa, por cuenta propia o ajena, y la realización de operaciones de leasing, entendiéndose por tales la de toda clase de bienes corporales muebles o inmuebles, y concurrir a su financiamiento, pudiendo celebrar toda clase de actos o contratos sobre dichos bienes, como asimismo la compra, venta, arrendamiento, importación o exportación, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales; para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá constituir otras sociedades o incorporarse en ellas; /f)participar en otras sociedades mediante la formación de nuevas sociedades, incorporarse a otras existentes, la celebración de contratos de colaboración empresarial y otras formas de asociación o gestión y cualquier otro acto o contrato destinado o consecuente a los fines sociales que los accionistas acuerden unánimemente”

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ASESORÍAS E INVERSIONES ASTURIAS LIMITADA socio 76006838-1 — —

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: que, por escritura pública de fecha 14 de septiembre de 2026, otorgada ante mí, bajo el repertorio N° 21291-2026.-, ASESORÍAS E INVERSIONES ASTURIAS LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.006.838-1, debidamente representada, constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: RAGLAN SpA. Objeto: “El objeto de la Sociedad será: /a/ la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales muebles incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, fondos de inversión, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales, únicamente en moneda nacional; /b/ cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes, además realizar asesorías y prestar servicios de financiamientos de bienes muebles e inmuebles; c) Para los fines señalados precedentemente, podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital o de cuotas de fondos de inversión privados o públicos y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; d) cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas; /e/ la adquisición, enajenación y arrendamiento, con o sin promesa de compraventa, por cuenta propia o ajena, y la realización de operaciones de leasing, entendiéndose por tales la de toda clase de bienes corporales muebles o inmuebles, y concurrir a su financiamiento, pudiendo celebrar toda clase de actos o contratos sobre dichos bienes, como asimismo la compra, venta, arrendamiento, importación o exportación, por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales; para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá constituir otras sociedades o incorporarse en ellas; /f/participar en otras sociedades mediante la formación de nuevas sociedades, incorporarse a otras existentes, la celebración de contratos de colaboración empresarial y otras formas de asociación o gestión y cualquier otro acto o contrato destinado o consecuente a los fines sociales que los accionistas acuerden unánimemente”. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por el constituyente, conforme a lo indicado en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de septiembre de 2026.