CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Capilco SpA

CVE 2876455
Capital
$900.000 CLP
Fecha instrumento
21 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de septiembre de 2026
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$900.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2026, repertorio número 9.268, ante mí: A/ Doña María Pilar Eynaudi Rodríguez, chilena, casada y separada de bienes, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número 12.024.236-9, domiciliada para estos efectos en Diego Barros Arana número 833, departamento 1201, comuna de Osorno, Región de Los Lagos, y de paso en esta; B/ Doña María Catalina Eynaudi Rodríguez, chilena, casada y separada de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número 12.024.265-2, domiciliada para estos efectos en Camino del Labrador número 1894, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y C/ Inversiones Chapultepec SpA, rol único tributario número 76.699.672-8, representada por Jorge Daniel Eynaudi Rodríguez, chileno, casado, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número 17.268.848-9, ambos domiciliados para estos efectos en Luis Carrera 1177, departamento 502, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad por Acciones regida por las estipulaciones por los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y por los estatutos cuyas menciones extractables son las siguientes: i) Razón social: El nombre de la Sociedad es “Inversiones Capilco SpA”; ii) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: uno) La realización de inversiones en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, en valores mobiliarios, en bonos, pagarés y otros títulos de créditos, emitidos por cuenta o garantía del estado o las instituciones, empresas y organismos autónomos del estado, en letras hipotecarias, debentures, pagarés o cualquier otro título de crédito emitido por cualquier institución pública o privada, ya sea nacional o extranjera; efectuar todo tipo de inversiones en fondos mutuos y otros valores de oferta pública y privada; dos) La inversión en acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas y de sociedad por acciones; en derechos de sociedades de personas, civiles o comerciales, colectivas, en comanditas y de responsabilidad limitada, en general en todo tipo de sociedades con dedicación a todo tipo de giros, incluido pero no restringido al de inversión, agrícola, forestal, ganadero, inmobiliario, construcción comercial, transportes, minero, entre otros; crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; y, tres) En general, la celebración de todos los negocios, actos y contratos que directa o indirectamente se relacionen con los objetos anteriores u otros que acuerden los accionistas, pudiendo ser desarrolladas todas las actividades anteriormente señaladas por la sociedad, total o parcialmente, por sí misma o a través de terceros; iii) Capital: El capital social, ascendente a la suma de $900.000, dividido en 900 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, se suscribe y paga en el acto de la constitución, por: A/ Doña María Pilar Eynaudi Rodríguez, quien suscribe y paga 300 acciones, por un total de $300.000; B/ Doña María Catalina Eynaudi Rodríguez, quien suscribe y paga 300 acciones, por un total de $300.000; y C/ Inversiones Chapultepec SpA, quien a través de su representante suscribe y paga 300 acciones, por un total de $300.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de septiembre de 2026.