MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria y Asesorías Neat SpA

RUT 77005598-9 CVE 2876139
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de agosto de 2026
Notaría
Santiago doña MARIA SOLEDAD
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de agosto de 2026
Repertorio
42437-2026
Notario
entidad número nueve millones cincuenta y seis mil novecientos quince guion cinco
Oficio
Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago doña MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Comuna
Santiago doña MARIA SOLEDAD

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de San Felipe, Región de Valparaíso, Chile
Duración
Indefinida

Objeto social

(i) La prestación de servicios de recaudación, procesamiento, intermediación, facilitación y gestión de pagos, cobros y transferencias de fondos, por cuenta propia o de terceros, a través de medios electrónicos, digitales o de cualquier otra naturaleza; (ii) El desarrollo, administración y explotación de plataformas tecnológicas, aplicaciones, software y sistemas informáticos destinados a la centralización, automatización y programación de pagos y cobros; (iii) La prestación de servicios tecnológicos, de integración de sistemas y de interfaces de programación a empresas, instituciones, administradores de inmuebles, establecimientos educacionales y cualquier persona natural o jurídica que requiera soluciones de recaudación o pago; (iv) La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, tecnológico y técnico; (v) el otorgamiento, administración y gestión de créditos, financiamiento y otras operaciones relacionadas,, incluyendo la evaluación, aprobación, desembolso y cobro de los mismos; y (vi) En general, cualquier otro acto, negocio o actividad lícita que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden, incluyendo actividades de inversión en otras sociedades o entidades. Para el cumplimiento de dichos fines sociales, la sociedad podrá constituir, integrar, participar en sociedades de cualquier clase u objeto, asociaciones, comunidades, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, disolverlas y liquidarlas, y en general realizar cualquier acto que guarde relación con el giro social.”; (ii) elección y designación de Directorio de la Sociedad; y (iii) la modificación de los estatutos de la Sociedad con el objeto de adecuarlos a los acuerdos adoptados en la Junta y otorgar un estatuto refundido de los estatutos de la Sociedad, que, sustituyendo el texto actual de los estatutos, constituya en lo sucesivo el estatuto social de la Sociedad, de los cuales se extracta lo siguiente: (i)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, chilena, casada, abogada, cédula de identidad número nueve millones cincuenta y seis mil novecientos quince guion cinco, Notario Público Suplente de la Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago doña MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, según Resolución Exenta número mil treinta y ocho de fecha siete de agosto de dos mil veintiséis dictada por doña Ximena Pulgar Núñez, Secretaria Ministerial de Justicia y Derechos Humanos, Región Metropolitana, debidamente protocolizada al final de los Registros del mes en curso bajo el repertorio número cuarenta y un mil setecientos cuarenta y uno - dos mil veintiséis, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, comuna de Las Condes, Región Metropolitana certifica que: en Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 4 de agosto de 2026 (en adelante, la “Junta”) de la sociedad “Inmobiliaria y Asesorías Neat SpA” (en adelante, la “Sociedad”) inscrita a fojas 45, número 44 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Felipe, correspondiente al año 2019, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 17 de agosto de 2026, ante la notario titular, bajo el Repertorio Nº 42.437-2026, los accionistas de la Sociedad acordaron, entre otras materias: (i) modificar el objeto de la Sociedad, modificando el artículo Cuarto de los estatutos sociales, quedando redactado como sigue: “ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tendrá por objeto: (i) La prestación de servicios de recaudación, procesamiento, intermediación, facilitación y gestión de pagos, cobros y transferencias de fondos, por cuenta propia o de terceros, a través de medios electrónicos, digitales o de cualquier otra naturaleza; (ii) El desarrollo, administración y explotación de plataformas tecnológicas, aplicaciones, software y sistemas informáticos destinados a la centralización, automatización y programación de pagos y cobros; (iii) La prestación de servicios tecnológicos, de integración de sistemas y de interfaces de programación a empresas, instituciones, administradores de inmuebles, establecimientos educacionales y cualquier persona natural o jurídica que requiera soluciones de recaudación o pago; (iv) La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, tecnológico y técnico; (v) el otorgamiento, administración y gestión de créditos, financiamiento y otras operaciones relacionadas,, incluyendo la evaluación, aprobación, desembolso y cobro de los mismos; y (vi) En general, cualquier otro acto, negocio o actividad lícita que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden, incluyendo actividades de inversión en otras sociedades o entidades. Para el cumplimiento de dichos fines sociales, la sociedad podrá constituir, integrar, participar en sociedades de cualquier clase u objeto, asociaciones, comunidades, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, disolverlas y liquidarlas, y en general realizar cualquier acto que guarde relación con el giro social.”; (ii) elección y designación de Directorio de la Sociedad; y (iii) la modificación de los estatutos de la Sociedad con el objeto de adecuarlos a los acuerdos adoptados en la Junta y otorgar un estatuto refundido de los estatutos de la Sociedad, que, sustituyendo el texto actual de los estatutos, constituya en lo sucesivo el estatuto social de la Sociedad, de los cuales se extracta lo siguiente: (i) Razón Social: : El nombre de la sociedad por acciones es “Inmobiliaria y Asesorías Neat SpA”, en adelante la “Sociedad”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía, incluso ante bancos y sociedades financieras y cualquier otra persona natural o jurídica, de derecho público o privado, el de “Neat SpA”; (ii) Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de San Felipe, Región de Valparaíso, Chile; sin perjuicio de que pueda establecer agencias o sucursales y desarrollar su giro en otros puntos del país o en el extranjero; (iii) Duración: La duración de la Sociedad será indefinida; (iv) Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: (i) La prestación de servicios de recaudación, procesamiento, intermediación, facilitación y gestión de pagos, cobros y transferencias de fondos, por cuenta propia o de terceros, a través de medios electrónicos, digitales o de cualquier otra naturaleza; (ii) El desarrollo, administración y explotación de plataformas tecnológicas, aplicaciones, software y sistemas informáticos destinados a la centralización, automatización y programación de pagos y cobros; (iii) La prestación de servicios tecnológicos, de integración de sistemas y de interfaces de programación a empresas, instituciones, administradores de inmuebles, establecimientos educacionales y cualquier persona natural o jurídica que requiera soluciones de recaudación o pago; (iv) La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, tecnológico y técnico; (v) el otorgamiento, administración y gestión de créditos, financiamiento y otras operaciones relacionadas, incluyendo la evaluación, aprobación, desembolso y cobro de los mismos; y (vi) En general, cualquier otro acto, negocio o actividad lícita que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden, incluyendo actividades de inversión en otras sociedades o entidades. Para el cumplimiento de dichos fines sociales, la sociedad podrá constituir, integrar, participar en sociedades de cualquier clase u objeto, asociaciones, comunidades, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, disolverlas y liquidarlas, y en general realizar cualquier acto que guarde relación con el giro social; y (v) Capital Social: El capital social ascendente a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 acciones de las cuales 400.000 corresponden a acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal y 600.000 corresponden a acciones Serie A, nominativas y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en las siguientes proporciones: (i) 400.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y (ii) 600.000 acciones Serie A, nominativas y sin valor nominal, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, las cuales no se incluyen por no ser legalmente materia de extracto. Santiago de Chile, 24 de agosto de 2026.