CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Grupo Arcas SpA

CVE 2876859
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2026
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2026
Notario
GLORIA ORTIZ CARMONA
Oficio
Tercera Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Vitacura

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
El domicilio social es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
La sociedad tendrá un plazo de vigencia de cinco años, contado desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de dos años, salvo manifestación de voluntad en contrario de algún accionista, formulada conforme a los Estatutos sociales. CINCO

Objeto social

La sociedad tiene por objeto la realización, por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada a terceros, de las siguientes operaciones: a) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y en particular la constitución de sociedades de cualquier naturaleza, el ingreso a las ya constituidas y la adquisición, tenencia, administración, gravamen y enajenación de acciones, derechos sociales, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos y demás valores mobiliarios, así como la percepción de sus frutos; b) la administración y gestión de las sociedades filiales y coligadas en que participe, y la prestación a éstas y a terceros de servicios de administración, gerenciamiento, asesoría estratégica, financiera, contable, comercial y de gestión de personas; c) el otorgamiento de préstamos y financiamientos a sus sociedades filiales y coligadas y a terceros, sin que ello importe realizar actividades reservadas por la ley a instituciones sometidas a fiscalización especial, y la constitución de toda clase de garantías, reales o personales, en beneficio propio o de sus filiales; d) la adquisición, construcción, urbanización, subdivisión, administración, arrendamiento y enajenación de bienes raíces por cuenta propia; y e) en general, la ejecución de todo acto, contrato o negocio, y la participación en otras sociedades, que se relacione directa o indirectamente con el objeto anterior o que los accionistas acuerden. SEIS. Capital social, número de acciones y forma de pago. El capital social es de UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000), dividido en MIL acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, capital que quedó íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución de la siguiente forma: a) don Óscar Alberto Arango Valencia suscribió y pagó, en dinero efectivo y al contado, 500 acciones, por un valor de $500.000 (equivalente a esa fecha a 12,23 Unidades de Fomento); y b) doña Yamileth Castillo Dorado suscribió y pagó, en dinero efectivo y al contado, 500 acciones, por igual valor de $500.000 (equivalente a esa fecha a 12,23 Unidades de Fomento), correspondiendo en consecuencia a cada accionista el 50% de las acciones emitidas. SIETE

Administración

La administración de la sociedad corresponde a un Directorio compuesto por tres miembros titulares, elegidos por la Junta Ordinaria de Accionistas, quienes durarán tres años en sus cargos y podrán ser reelegidos indefinidamente. El Directorio representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente, y está investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los Estatutos no reserven privativamente a la Junta de Accionistas, en los términos que señala el Artículo Décimo Séptimo de los Estatutos sociales. OCHO. Directorio provisional y representación legal provisoria. Se designó como Directorio Provisional de la sociedad, hasta el nombramiento del Directorio definitivo, a don Óscar Alberto Arango Valencia, a doña Yamileth Castillo Dorado y a don Carlos José Correa Ehlers, cédula nacional de identidad número 12.854.686-3. Asimismo, se designó como representantes legales provisorios de la sociedad a don Óscar Alberto Arango Valencia y a doña Yamileth Castillo Dorado, quienes, actuando conjunta, individual e indistintamente, quedaron investidos de todas las facultades de administración contempladas en el Artículo Décimo Séptimo de los Estatutos sociales, sin límite alguno. Vitacura, 15 de septiembre de 2026

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GLORIA ORTIZ CARMONA, abogada, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Vitacura, con domicilio en Avenida Vitacura número 4607, local 21, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 09 de septiembre de 2026, Repertorio número 1731-26, otorgada ante mí, comparecen: don OSCAR ALBERTO ARANGO VALENCIA y doña YAMILETH CASTILLO DORADO. UNO. Nombre de la sociedad. La sociedad se denomina "Grupo Arcas SpA". DOS. Accionistas comparecientes. Concurrieron al acto de constitución, en calidad de accionistas fundadores: a) don OSCAR ALBERTO ARANGO VALENCIA, colombiano, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad para extranjeros número 22.899.017-5, domiciliado en Venezuela 9183, comuna de La Florida, Región Metropolitana; y b) doña YAMILETH CASTILLO DORADO, colombiana, casada y separada totalmente de bienes, economista, cédula de identidad para extranjeros número 24.845.999-9, domiciliada en Venezuela 9183, comuna de La Florida, Región Metropolitana. TRES. Domicilio. El domicilio social es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las oficinas, filiales o sucursales que la sociedad establezca en otros puntos del país o del extranjero. CUATRO. Duración. La sociedad tendrá un plazo de vigencia de cinco años, contado desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de dos años, salvo manifestación de voluntad en contrario de algún accionista, formulada conforme a los Estatutos sociales. CINCO. Objeto social. La sociedad tiene por objeto la realización, por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, de las siguientes operaciones: a) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y en particular la constitución de sociedades de cualquier naturaleza, el ingreso a las ya constituidas y la adquisición, tenencia, administración, gravamen y enajenación de acciones, derechos sociales, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos y demás valores mobiliarios, así como la percepción de sus frutos; b) la administración y gestión de las sociedades filiales y coligadas en que participe, y la prestación a éstas y a terceros de servicios de administración, gerenciamiento, asesoría estratégica, financiera, contable, comercial y de gestión de personas; c) el otorgamiento de préstamos y financiamientos a sus sociedades filiales y coligadas y a terceros, sin que ello importe realizar actividades reservadas por la ley a instituciones sometidas a fiscalización especial, y la constitución de toda clase de garantías, reales o personales, en beneficio propio o de sus filiales; d) la adquisición, construcción, urbanización, subdivisión, administración, arrendamiento y enajenación de bienes raíces por cuenta propia; y e) en general, la ejecución de todo acto, contrato o negocio, y la participación en otras sociedades, que se relacione directa o indirectamente con el objeto anterior o que los accionistas acuerden. SEIS. Capital social, número de acciones y forma de pago. El capital social es de UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000), dividido en MIL acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, capital que quedó íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución de la siguiente forma: a) don Óscar Alberto Arango Valencia suscribió y pagó, en dinero efectivo y al contado, 500 acciones, por un valor de $500.000 (equivalente a esa fecha a 12,23 Unidades de Fomento); y b) doña Yamileth Castillo Dorado suscribió y pagó, en dinero efectivo y al contado, 500 acciones, por igual valor de $500.000 (equivalente a esa fecha a 12,23 Unidades de Fomento), correspondiendo en consecuencia a cada accionista el 50% de las acciones emitidas. SIETE. Administración. La administración de la sociedad corresponde a un Directorio compuesto por tres miembros titulares, elegidos por la Junta Ordinaria de Accionistas, quienes durarán tres años en sus cargos y podrán ser reelegidos indefinidamente. El Directorio representa a la sociedad judicial y extrajudicialmente, y está investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los Estatutos no reserven privativamente a la Junta de Accionistas, en los términos que señala el Artículo Décimo Séptimo de los Estatutos sociales. OCHO. Directorio provisional y representación legal provisoria. Se designó como Directorio Provisional de la sociedad, hasta el nombramiento del Directorio definitivo, a don Óscar Alberto Arango Valencia, a doña Yamileth Castillo Dorado y a don Carlos José Correa Ehlers, cédula nacional de identidad número 12.854.686-3. Asimismo, se designó como representantes legales provisorios de la sociedad a don Óscar Alberto Arango Valencia y a doña Yamileth Castillo Dorado, quienes, actuando conjunta, individual e indistintamente, quedaron investidos de todas las facultades de administración contempladas en el Artículo Décimo Séptimo de los Estatutos sociales, sin límite alguno. Vitacura, 15 de septiembre de 2026.