MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EDITORIAL ENTREPAGINAS LIMITADA

RUT 76159443-5 CVE 2876317
Capital
$7.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de septiembre de 2026
Repertorio
9137-2026
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$7.000.000 CLP

Objeto social

a) la explotación, por cuenta propia o ajena, de los rubros de producción, edición, importación, publicación, distribución, compra, venta y comercialización de libros, textos, periódicos, folletos y revistas, en soporte físico o digital, así como la edición, administración y explotación de páginas y contenidos de Internet; b) el arrendamiento, subarrendamiento, administración, explotación y la realización de toda clase de actos y contratos relacionados con bienes inmuebles o muebles; c) la prestación de servicios de alojamiento temporal, hotelería y turismo; d) La compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes corporales muebles, mercaderías, materiales e insumos de cualquier naturaleza, sin restricción alguna; y e) la realización de cualquier otra actividad comercial, industrial, inmobiliaria, agrícola, de inversiones o de servicios que las socias acuerden, sin limitación alguna

Personas y entidades (4)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MAURICIO ARANDA ARANEDA socio 10480663-5 — —
FERNANDA LUCÍA LÓPEZ LAGOS socio 18461331-K — —
NORMA DEL TRANSITO FARIÑA FIERRO socio 10089081-K — —
ALEJANDRA BELÉN ARANDA FARIÑA socio 18408027-3 — —

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 14 de septiembre de 2026, Repertorio 9.137-2026, ante mi Suplente doña Karina Alejandra Flores Muñoz, don MAURICIO ARANDA ARANEDA, RUN 10.480.663-5, domiciliado en Amapolas N°4243, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y doña FERNANDA LUCÍA LÓPEZ LAGOS, RUN 18.461.331-K, domiciliada en calle Carlos Antúnez N°2025, Oficina 1103, comuna de Providencia, Región Metropolitana, quien comparece en representación de NORMA DEL TRANSITO FARIÑA FIERRO, RUN 10.089.081-K, domiciliada en Avenida Presidente Manuel Bulnes kilómetro 3,5 norte, local N°247, comuna de Punta Arenas; y de doña ALEJANDRA BELÉN ARANDA FARIÑA, RUN 18.408.027-3, domiciliada en Pasaje Posesión N°0615, comuna de Punta Arenas, modificaron la sociedad “EDITORIAL ENTREPAGINAS LIMITADA”, RUT: 76.159.443-5, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 35469, N°26541 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Raíces de Santiago del año 2011; en el siguiente sentido: CESIÓN: Uno) Mauricio Aranda Araneda vende, cede y transfiere a Norma Fariña Fierro, quien compra y adquiere para sí, un 30% de los derechos sociales que posee en la sociedad, en $7.000.000, pagado con anterioridad a la fecha de la escritura que se extracta.- Dos) Mauricio Aranda Araneda vende, cede y transfiere a Alejandra Aranda Fariña, quien compra y adquiere para sí, el 20% de los derechos sociales, en $4.000.000, pagado con anterioridad a la fecha de la escritura que se extracta.- Tres) Como consecuencia de las cesiones anteriores, se retiró de la sociedad don Mauricio Aranda Araneda, e ingresó a ella doña Alejandra Aranda Fariña. MODIFICACIÓN: Cuatro) Se sustituyó la cláusula quinta de los estatutos sociales, relativa al capital, que se mantuvo en $5.000.000, pero que modificó la distribución de los derechos sociales, correspondiendo a doña Norma Fariña Fierro el 80% los derechos sociales, equivalente a $4.000.000, y a doña Alejandra Aranda Fariña el 20% de los derechos sociales, equivalente a $1.000.000.- Quinto) Se modificó la cláusula cuarta de la Administración y uso de la razón social, en el sentido de que corresponderá exclusivamente a doña Norma del Tránsito Fariña Fierro, ya individualizada, quien actuando de la forma y las facultades que se señalan en el pacto social, representará y obligará a la sociedad.- Sexto) Se modificó la cláusula tercera sobre el objeto social, quedando del siguiente modo: La sociedad tendrá por objeto: a) la explotación, por cuenta propia o ajena, de los rubros de producción, edición, importación, publicación, distribución, compra, venta y comercialización de libros, textos, periódicos, folletos y revistas, en soporte físico o digital, así como la edición, administración y explotación de páginas y contenidos de Internet; b) el arrendamiento, subarrendamiento, administración, explotación y la realización de toda clase de actos y contratos relacionados con bienes inmuebles o muebles; c) la prestación de servicios de alojamiento temporal, hotelería y turismo; d) La compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes corporales muebles, mercaderías, materiales e insumos de cualquier naturaleza, sin restricción alguna; y e) la realización de cualquier otra actividad comercial, industrial, inmobiliaria, agrícola, de inversiones o de servicios que las socias acuerden, sin limitación alguna.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 21 de septiembre de 2026.