CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Cinco Robles SpA

CVE 2876426
Fecha instrumento
11 de septiembre de 2026
Notaría
Puerto Varas con asiento en Frutillar
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de septiembre de 2026
Repertorio
821-2026
Notario
RODRIGO ANDRÉS PALOMO TORNVALL
Oficio
5° Notaría de Puerto Varas con asiento en Frutillar
Comuna
Puerto Varas con asiento en Frutillar

Sociedad

Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, especialmente en acciones, derechos sociales, bonos, debentures, cuotas, títulos y valores mobiliarios; B) La adquisición, administración, explotación, arrendamiento, subarrendamiento, enajenación y gravamen de toda clase de bienes inmuebles; C) La realización y explotación de toda clase de actividades agrícolas, ganaderas y agropecuarias, incluyendo la siembra, cultivo, producción, crianza, engorda, reproducción, comercialización, distribución y venta de productos agrícolas, animales, ganado, insumos y demás bienes relacionados o complementarios; D) La compra, venta, importación, exportación, representación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, al por mayor o al detalle, de toda clase de productos, bienes, mercaderías, insumos, materiales y artículos, sean de origen nacional o extranjero, así como la ejecución de todos los actos y contratos relacionados directa o indirectamente con dichas actividades; E) La construcción, edificación, remodelación, ampliación, reparación, restauración, conservación, mantención, acondicionamiento y habilitación de toda clase de bienes inmuebles, obras civiles e instalaciones, por cuenta propia o de terceros, pudiendo ejecutar dichas actividades directamente o mediante la contratación de terceros; F) El desarrollo, explotación, administración y operación, por cuenta propia o de terceros, de establecimientos turísticos, hoteleros y de hotelería, hoteles, hostales, apart hoteles, ecolodges, cabañas, hospedajes y, en general, de toda clase de establecimientos y servicios de alojamiento, recreación, esparcimiento y turismo, incluyendo las actividades complementarias o relacionadas con estos; G) La prestación, desarrollo, explotación, administración y comercialización de servicios de bienestar integral, terapias alternativas, integrales y complementarias, incluyendo, entre otras, masoterapia, reflexología, aromaterapia, reiki, meditación, yoga, mindfulness, terapias energéticas, técnicas de relajación, bienestar físico y emocional, programas y actividades de autocuidado, pudiendo para estos efectos administrar centros, gabinetes, espacios y establecimientos destinados a dichas actividades, contratar profesionales, técnicos y prestadores de servicios, organizar talleres, cursos, retiros y experiencias de bienestar, y comercializar productos, implementos e insumos relacionados, todo ello con sujeción a la normativa sanitaria y profesional aplicable y sin perjuicio de que aquellos actos que legalmente se encuentren reservados a profesionales de la salud sean ejecutados exclusivamente por personas debidamente habilitadas; H) La extracción, explotación, procesamiento, selección, chancado, clasificación, acopio, transporte, compra, venta, distribución y comercialización, por cuenta propia o de terceros, de ripio, áridos, arenas, gravas, piedras y demás materiales pétreos o similares destinados a la construcción, obras civiles u otros fines, pudiendo asimismo explotar y administrar pozos, canteras, yacimientos y lugares de extracción, todo ello previa obtención de las autorizaciones, permisos, concesiones y demás habilitaciones administrativas o sectoriales que correspondan conforme a la legislación vigente; I) La captación, extracción, adquisición, recepción, procesamiento, tratamiento, filtración, purificación, potabilización, almacenamiento, envasado, embotellado, transporte, distribución y comercialización, por cuenta propia o de terceros, de agua destinada al consumo humano, uso industrial, agrícola, turístico, comercial o cualquier otro uso permitido por la legislación vigente, pudiendo para tales efectos instalar, adquirir, administrar y explotar plantas, equipos, sistemas e instalaciones de tratamiento, purificación y envasado de agua, así como comercializar agua a granel, embotellada o en cualquier otra forma o presentación, todo ello sujeto a la obtención y mantención de los derechos, autorizaciones, permisos, resoluciones sanitarias y demás habilitaciones administrativas o sectoriales que resulten legalmente exigibles; y J) Toda otra actividad que el o los accionistas acuerden desarrollar y que se relacione, directa o indirectamente, con cualquiera de los objetos anteriormente señalados

Administración

La administración, firma y uso de la razón social será ejercida por doña DANIELA MARGARITA KONAR ARRIAGADA

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ANDRÉS PALOMO TORNVALL, abogado, Notario Público Titular de la 5° Notaría de Puerto Varas con asiento en Frutillar, con domicilio en Avenida Arturo Alessandri 187 F, Frutillar Alto, comuna de Frutillar, certifica: por escritura pública de fecha 11 de septiembre del año 2026, bajo el Repertorio N°821-2026 del Registro de Instrumentos Públicos, ante mí, DANIELA MARGARITA KONAR ARRIAGADA, cédula nacional de identidad número doce millones setecientos veintiún mil setecientos sesenta y cuatro guion cinco, domiciliada para estos efectos en calle Cristino Winkler número quinientos setenta y uno, comuna de Frutillar, constituyó una sociedad por acciones de conformidad con las disposiciones de la Ley número veinte mil ciento noventa que introduce modificaciones al Libro Segundo, Título Séptimo del Código de Comercio, incorporando el nuevo Párrafo Octavo “De las sociedades por acciones”, y en forma supletoria, por las normas que regulan las sociedades anónimas cerradas por la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre sociedades anónimas. RAZÓN SOCIAL: CINCO ROBLES SpA. ADMINISTRACIÓN: La administración, firma y uso de la razón social será ejercida por doña DANIELA MARGARITA KONAR ARRIAGADA. CAPITAL: El capital social es de setenta y cuatro millones doscientos noventa y tres mil trescientos cuarenta pesos, dividido en mil acciones, todas de una misma serie. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, especialmente en acciones, derechos sociales, bonos, debentures, cuotas, títulos y valores mobiliarios; B) La adquisición, administración, explotación, arrendamiento, subarrendamiento, enajenación y gravamen de toda clase de bienes inmuebles; C) La realización y explotación de toda clase de actividades agrícolas, ganaderas y agropecuarias, incluyendo la siembra, cultivo, producción, crianza, engorda, reproducción, comercialización, distribución y venta de productos agrícolas, animales, ganado, insumos y demás bienes relacionados o complementarios; D) La compra, venta, importación, exportación, representación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, al por mayor o al detalle, de toda clase de productos, bienes, mercaderías, insumos, materiales y artículos, sean de origen nacional o extranjero, así como la ejecución de todos los actos y contratos relacionados directa o indirectamente con dichas actividades; E) La construcción, edificación, remodelación, ampliación, reparación, restauración, conservación, mantención, acondicionamiento y habilitación de toda clase de bienes inmuebles, obras civiles e instalaciones, por cuenta propia o de terceros, pudiendo ejecutar dichas actividades directamente o mediante la contratación de terceros; F) El desarrollo, explotación, administración y operación, por cuenta propia o de terceros, de establecimientos turísticos, hoteleros y de hotelería, hoteles, hostales, apart hoteles, ecolodges, cabañas, hospedajes y, en general, de toda clase de establecimientos y servicios de alojamiento, recreación, esparcimiento y turismo, incluyendo las actividades complementarias o relacionadas con estos; G) La prestación, desarrollo, explotación, administración y comercialización de servicios de bienestar integral, terapias alternativas, integrales y complementarias, incluyendo, entre otras, masoterapia, reflexología, aromaterapia, reiki, meditación, yoga, mindfulness, terapias energéticas, técnicas de relajación, bienestar físico y emocional, programas y actividades de autocuidado, pudiendo para estos efectos administrar centros, gabinetes, espacios y establecimientos destinados a dichas actividades, contratar profesionales, técnicos y prestadores de servicios, organizar talleres, cursos, retiros y experiencias de bienestar, y comercializar productos, implementos e insumos relacionados, todo ello con sujeción a la normativa sanitaria y profesional aplicable y sin perjuicio de que aquellos actos que legalmente se encuentren reservados a profesionales de la salud sean ejecutados exclusivamente por personas debidamente habilitadas; H) La extracción, explotación, procesamiento, selección, chancado, clasificación, acopio, transporte, compra, venta, distribución y comercialización, por cuenta propia o de terceros, de ripio, áridos, arenas, gravas, piedras y demás materiales pétreos o similares destinados a la construcción, obras civiles u otros fines, pudiendo asimismo explotar y administrar pozos, canteras, yacimientos y lugares de extracción, todo ello previa obtención de las autorizaciones, permisos, concesiones y demás habilitaciones administrativas o sectoriales que correspondan conforme a la legislación vigente; I) La captación, extracción, adquisición, recepción, procesamiento, tratamiento, filtración, purificación, potabilización, almacenamiento, envasado, embotellado, transporte, distribución y comercialización, por cuenta propia o de terceros, de agua destinada al consumo humano, uso industrial, agrícola, turístico, comercial o cualquier otro uso permitido por la legislación vigente, pudiendo para tales efectos instalar, adquirir, administrar y explotar plantas, equipos, sistemas e instalaciones de tratamiento, purificación y envasado de agua, así como comercializar agua a granel, embotellada o en cualquier otra forma o presentación, todo ello sujeto a la obtención y mantención de los derechos, autorizaciones, permisos, resoluciones sanitarias y demás habilitaciones administrativas o sectoriales que resulten legalmente exigibles; y J) Toda otra actividad que el o los accionistas acuerden desarrollar y que se relacione, directa o indirectamente, con cualquiera de los objetos anteriormente señalados. DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Frutillar, a 11 de septiembre del año 2026.