Agrícola Santa Julia Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de julio de 2026
- Repertorio
- 38963-2026
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $86.460.551 CLP
Objeto social
“La explotación agrícola de predios propios y)o de terceros, cualquier rubro, sector pecuniario o agrícola, para obtención de productos primarios o elaborados y en general toda actividad relacionada al giro agrícola”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de julio de 2026, ante mí, bajo el Repertorio N° 38.963-2026, las sociedades Inversiones Patricio Larraín Munita y Cia. Limitada, domiciliada en calle Seminario número 586, comuna de Providencia, Región Metropolitana, debidamente representada; Agrícola Tres L Limitada, domiciliada en calle Seminario número 586, comuna de Providencia, Región Metropolitana, debidamente representada; y, Agrícola Tres A Limitada, domiciliada en Fundo Requinqua, comuna de Sagrada Familia, Región del Maule, debidamente representada; quienes en su calidad de únicos y actuales socios acordaron transformar y dividir la sociedad “AGRÍCOLA SANTA JULIA LIMITADA", inscrita a fojas 90 número 82 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares correspondiente al año 1995, en los siguientes términos: I) Transformación: Los socios acordaron transformar “AGRÍCOLA SANTA JULIA LIMITADA" en una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “AGRÍCOLA SANTA JULIA SpA”; Objeto: “La explotación agrícola de predios propios y/o de terceros, cualquier rubro, sector pecuniario o agrícola, para obtención de productos primarios o elaborados y en general toda actividad relacionada al giro agrícola”. Capital: $86.460.551, dividido en 10.000 acciones nominativas, del mismo valor y de una misma serie, íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en los estatutos. II) División: Los accionistas acordaron división de “AGRÍCOLA SANTA JULIA SpA” en dos sociedades por acciones diversas, subsistiendo la primera bajo la misma razón social de “AGRÍCOLA SANTA JULIA SpA”, que será su sucesora y continuadora legal y se regirá por el pacto social actual, y la segunda que nace a consecuencia de la división bajo la razón social de “AGRÍCOLA SAN PATRICIO SpA”, cuyos términos constan en extracto separado. III) Disminución de Capital: Los accionistas, en su calidad de únicos y actuales accionistas, acordaron unánimemente disminuir el capital de “AGRÍCOLA SANTA JULIA SpA”, desde la suma actual ascendente a $86.460.551, a la suma de $17.810.230, esto es, una disminución de su capital social en la cantidad de $68.650.321. En consecuencia, acordaron modificar el artículo quinto del pacto social, el que queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO. El capital social asciende a la suma de $17.810.230, dividido en 10.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de agosto de 2026.