Instrumento
- Fecha
- 4 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 46743-2026
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $51.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto específico la intermediación y el corretaje de seguros de cualquier naturaleza, incluyendo, entre otros, seguros generales, de vida, y de garantía y crédito, entre los asegurables o asegurados y las compañías de seguros legalmente constituidas y autorizadas para operar en el país, actuando la Sociedad como corredora de seguros en los términos previstos en el Decreto con Fuerza de Ley número doscientos cincuenta y uno, del año mil novecientos treinta y uno, del Ministerio de Hacienda, en el Código de Comercio y en las demás normas legales y reglamentarias aplicables, así como en la normativa dictada por la CMF. En el desarrollo de su giro, la Sociedad podrá realizar todas las actividades que la ley y la normativa de la CMF permitan a los corredores de seguros, incluyendo, entre otras, las siguientes: /a) la asesoría y gestión de riesgos; /b) el análisis, diseño e implementación de programas y coberturas de seguros; c) la asesoría en la contratación, modificación y renovación de pólizas de seguros; d) el apoyo y la asistencia a los asegurados, beneficiarios y)o contratantes en la tramitación y gestión de siniestros; /e) la inversión a cualquier título en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, como asimismo la explotación y administración de los mismos, ya sean propios o ajenos; y, /f) en general, realizar y ejecutar todos los actos, contratos, operaciones o actividades, directas o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias con las anteriores, sin limitación o restricción alguna y sin que ello importe, en caso alguno, el ejercicio de funciones reservadas a otros auxiliares del comercio de seguros, tales como liquidadores de siniestros, ajustadores de seguros o agentes de venta, ni el desarrollo de actividades incompatibles con la calidad de corredor de seguros conforme a la ley y a la normativa de la CMF
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la 38a Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea N°3477, oficina 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica que: por escritura pública de fecha 4 de septiembre de 2026, bajo repertorio N°46743-2026, ante la Notario Suplente de esta Notaría, señora PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES: INVERSIONES ZBAL SpA, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “ZBA LATAM CORREDORES DE SEGUROS SpA”, pudiendo utilizar para fines publicitarios, de propaganda o bancarios, el nombre de fantasía “ZBA LATAM SpA”.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto específico la intermediación y el corretaje de seguros de cualquier naturaleza, incluyendo, entre otros, seguros generales, de vida, y de garantía y crédito, entre los asegurables o asegurados y las compañías de seguros legalmente constituidas y autorizadas para operar en el país, actuando la Sociedad como corredora de seguros en los términos previstos en el Decreto con Fuerza de Ley número doscientos cincuenta y uno, del año mil novecientos treinta y uno, del Ministerio de Hacienda, en el Código de Comercio y en las demás normas legales y reglamentarias aplicables, así como en la normativa dictada por la CMF. En el desarrollo de su giro, la Sociedad podrá realizar todas las actividades que la ley y la normativa de la CMF permitan a los corredores de seguros, incluyendo, entre otras, las siguientes: /a/ la asesoría y gestión de riesgos; /b/ el análisis, diseño e implementación de programas y coberturas de seguros; c) la asesoría en la contratación, modificación y renovación de pólizas de seguros; d) el apoyo y la asistencia a los asegurados, beneficiarios y/o contratantes en la tramitación y gestión de siniestros; /e/ la inversión a cualquier título en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, como asimismo la explotación y administración de los mismos, ya sean propios o ajenos; y, /f/ en general, realizar y ejecutar todos los actos, contratos, operaciones o actividades, directas o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias con las anteriores, sin limitación o restricción alguna y sin que ello importe, en caso alguno, el ejercicio de funciones reservadas a otros auxiliares del comercio de seguros, tales como liquidadores de siniestros, ajustadores de seguros o agentes de venta, ni el desarrollo de actividades incompatibles con la calidad de corredor de seguros conforme a la ley y a la normativa de la CMF.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $51.000.000 de pesos, moneda nacional de la República de Chile, dividido en 51.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, y de igual valor cada una. El capital se encuentra íntegramente suscrito y se pagará dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la escritura de constitución.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de septiembre de 2026.