MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Médicos Barría, Pavlovic y Compañía Limitada

RUT 76284787-6 CVE 2875647
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
2 de septiembre de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de septiembre de 2026
Repertorio
8588-2026
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO EDUARDO TRONCOSO SAUNERO, Notario Suplente Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Certifica: Por escritura pública suscrita ante el Notario Titular MAURO AROCA GUERRERO con fecha 02/09/2026, Repertorio Nº 8.588-2026. doña CAROLINA MARGARITA BARRÍA PÉREZ, chilena, casada bajo el régimen de separación de bienes, Médico Cirujano anestesióloga, domiciliada en Padre Sergio Correa número catorce mil casa ciento treinta y seis lote setenta y cuatro, comuna de Colina, Santiago, Región Metropolitana; don MILENKO TOMISLAV PAVLOVIC BADER, chileno, casado bajo el régimen de separación de bienes, médico cirujano ginecólogo, domiciliado en Padre Sergio Correa número catorce mil casa ciento treinta y seis lote setenta y cuatro, comuna de Colina, Santiago, Región Metropolitana; doña ANDREA XIMENA STEFANNY FREIRE MUÑOZ, chilena, soltera, técnico en enfermería, domiciliada en cuncumen número quinientos tres, comuna de La Reina, Santiago, Región Metropolitana; doña NATALIA FRANCISCA URZÚA ACEVEDO, chilena, Técnico Superior en Enfermería, conviviente civil, domiciliada en Santa Elena número mil setecientos sesenta, departamento mil cuatrocientos trece A, comuna de Santiago , Región Metropolitana; doña OLIMPIA DEL ROSARIO FUENTES CARO, chilena, Técnico Superior en Enfermería, soltera, domiciliada en Radal número mil setecientos cuarenta, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana todos mayores de edad, modificaron sociedad “Servicios Médicos Barría, Pavlovic y Compañía Limitada”. RUT 76.284.787-6. Capital $500.000 (quinientos mil pesos). ; a) Esta sociedad se inscribió a fojas 37720 número 25300, con fecha 16 de mayo de 2013 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Santiago y el extracto se publicó en el Diario Oficial el 23 de Mayo del 2013; b) Que por escritura pública de dieciocho de Diciembre de dos mil quince, repertorio número dieciocho mil doscientos cuarenta y tres, otorgada ante Notario Público de Santiago doña María Soledad Santos Muñoz, Titular de la Primera notaría de esta ciudad, los comparecientes Carolina Margarita Barría Pérez, Alberto Eduardo Barria Pérez y Milenko Tomislav Pavlovic Bader, modificaron la sociedad Servicios Médicos Barría, Pavlovic y Compañía Limitada, se inscribió la modificación a fojas ciento diez número cincuenta y cuatro, con fecha cuatro de enero de dos mil dieciséis del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Santiago y el extracto se publicó en el de Diciembre de dos mil diecisiete, repertorio número diecinueve mil doscientos dieciocho, otorgada ante Notario Público de Santiago doña María Soledad Santos Muñoz, Titular de la Primera notaría de esta ciudad, los comparecientes Carolina Margarita Barría Pérez, Alberto Eduardo Barria Pérez, Milenko Tomislav Pavlovic Bader y Dusan Marcelo Bader Pavlovic, modificaron la sociedad Servicios Médicos Barría, Pavlovic y Compañía Limitada, se inscribió la modificación a fojas noventa y seis mil novecientos trece número cincuenta y dos mil ciento treinta y dos, con fecha veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Santiago y el extracto se publicó en el Diario Oficial en Diciembre del año dos mil diecisiete; d) Que por escritura pública de dieciocho de Diciembre de dos mil diecinueve, repertorio número diecisiete mil doscientos setenta y tres, otorgada ante Notario Público de Santiago doña María Soledad Santos Muñoz, Titular de la Primera notaría de esta ciudad, los comparecientes Carolina Margarita Barría Pérez, Milenko Tomislav Pavlovic Bader, Dusan Marcelo Bader Pavlovic y Patricia Bader Mattar, modificaron la sociedad Servicios Médicos Barría, Pavlovic y Compañía Limitada, se inscribió la modificación a fojas ciento un mil quinientos sesenta y nueve número cuarenta y nueve mil setecientos cincuenta y uno, con fecha veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Santiago y el extracto se publicó en el Diario Oficial el Treinta Diciembre del año dos mil diecinueve; e) Que por escritura pública de quince de Diciembre de dos mil veintiuno, repertorio número trece mil seiscientos veinte, otorgada ante Notario Público de Santiago doña María Soledad Santos Muñoz, Titular de la Primera notaría de esta ciudad, los comparecientes Carolina Margarita Barría Pérez, Milenko Tomislav Pavlovic Bader, Dusan Marcelo Bader Pavlovic, Héctor Hugo Orrego Marín y Patricia Bader Mattar, modificaron la sociedad Servicios Médicos Barría, Pavlovic y Compañía Limitada, se inscribió la modificación a fojas ciento dos mil doscientos veintisiete número cuarenta y siete mil trescientos ochenta y cinco, con fecha veinticuatro de diciembre de dos mil veintiuno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Santiago y el extracto se publicó en el Diario Oficial el veintinueve Diciembre del año dos mil veintiuno. f) Que por escritura pública de cinco de Diciembre de dos mil veinticuatro, repertorio número once mil cuatrocientos dieciocho, otorgada ante Notario Público de Santiago don Christián Alejandro Ortiz Cáceres, Titular de la Séptima notaría de esta ciudad, los comparecientes Carolina Margarita Barría Pérez, Milenko Tomislav Pavlovic Bader, Héctor Hugo Orrego Marín, Patricia Bader Mattar, Natalia Francisca Urzúa Acevedo y Olimpia Del Rosario Fuentes Caro, modificaron la sociedad Servicios Médicos Barría, Pavlovic y Compañía Limitada, se inscribió la modificación a fojas ciento cinco mil doscientos setenta y dos número cuarenta y dos mil doscientos noventa y cuatro, con fecha nueve de diciembre de dos mil veinticuatro del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Santiago y el extracto se publicó en el Diario Oficial el doce Diciembre del año dos mil veinticuatro. Cesión de Derechos Sociales: a) En este acto y por este instrumento, doña Olimpia Del Rosario Fuentes Caro vende, cede y transfiere el veintisiete por ciento de sus derechos sociales de la sociedad equivalentes a un veintisiete por ciento del capital social y veintisiete por ciento de sus utilidades a doña Andrea Ximena Stefanny Freire Muñoz, quien compra, acepta y adquiere para sí, con el consentimiento de los demás comparecientes. Modificación estatutaria: En virtud de la cesión de derechos sociales que dan cuenta las cláusula anteriores, los únicos y actuales socios de “Servicios Médicos Barría, Pavlovic y Compañía Limitada” y sus proporciones son las siguientes: a) Carolina Margarita Barría Pérez, con un veinte por ciento de los derechos sociales, equivalentes a un veinte por ciento del capital social y veinte por ciento de las utilidades sociales; b) Milenko Tomislav Pavlovic Bader, con un veintiséis por ciento de los derechos sociales, equivalentes a un veintiséis por ciento del capital social y un veintiséis por ciento de las utilidades sociales ; c) Natalia Francisca Urzúa Acevedo, con un veintisiete por ciento de los derechos sociales, equivalentes a un veintisiete por ciento del capital social y veintisiete por ciento de las utilidades sociales; d) Andrea Ximena Stefanny Freire Muñoz, con un veintisiete por ciento de los derechos sociales, equivalentes a un veintisiete por ciento del capital social y veintisiete por ciento de las utilidades sociales. En virtud de lo anterior y las nuevas proporciones sociales, los socios acuerdan modificar la cláusula Primera de los estatutos sociales. Precio de las Cesiones y renuncia de la acción resolutoria: a) El precio de la cesión de los derechos sociales celebrada entre doña Olimpia Del Rosario Fuentes Caro y doña Andrea Ximena Stefanny Freire Muñoz es la suma de doscientos setenta mil pesos que se pagará en dinero en efectivo en una cuota al treinta y uno de Diciembre de dos mil veintiséis. En todo lo no modificado queda vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan escritura extractada. SANTIAGO, 09 de Septiembre de 2026.-