Instrumento
- Fecha
- 14 de septiembre de 2026
- Notario
- ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
- Oficio
- Primera Notaría Independencia
- Comuna
- Independencia
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: “a) El diseño, creación, desarrollo, programación, implementación, operación, explotación, comercialización, licenciamiento, mantención y administración de toda clase de programas computacionales, software, aplicaciones, plataformas tecnológicas y digitales, sitios web, sistemas informáticos, soluciones tecnológicas y demás productos o servicios digitales, propios o de terceros; b) El desarrollo, implementación, explotación y comercialización de tecnologías, sistemas, modelos, algoritmos, herramientas y soluciones basadas en inteligencia artificial, aprendizaje automático, análisis y procesamiento de datos, automatización, asistentes virtuales o conversacionales y, en general, cualquier otra tecnología destinada a facilitar, organizar, recomendar, personalizar, optimizar o automatizar procesos de búsqueda, selección, adquisición, abastecimiento y compra de bienes y servicios; c) La creación, desarrollo, administración y explotación de plataformas digitales destinadas a conectar consumidores, usuarios, comunidades, empresas, proveedores, fabricantes, distribuidores, comercializadores y prestadores de servicios, facilitando la búsqueda, selección, comparación, recomendación, organización, paquetización, cotización, adquisición, venta y contratación de toda clase de bienes y servicios; d) La creación, organización, desarrollo y comercialización de paquetes o conjuntos de productos y servicios, físicos o digitales, predeterminados, personalizados o editables, incluyendo sistemas de compras inteligentes, compras colectivas o comunitarias, abastecimiento de empresas, regalos corporativos, programas de beneficios y otras modalidades de comercialización y adquisición de bienes o servicios; e) La compra, venta, comercialización, distribución, importación, exportación, representación, consignación, intermediación y, en general, la adquisición y enajenación, por cuenta propia o ajena, a través de medios físicos o digitales, de toda clase de bienes muebles, productos, mercaderías y servicios permitidos por la ley; f) La prestación de servicios de intermediación, promoción, publicidad, marketing, generación de demanda, gestión comercial, gestión de proveedores, comercio electrónico, marketplaces, live shopping, programas de afiliación, alianzas comerciales y demás servicios relacionados con la comercialización y distribución de productos y servicios; g) El diseño, coordinación, administración y contratación, directamente o a través de terceros, de servicios de almacenamiento, despacho, transporte, distribución, fulfillment, entrega y demás actividades logísticas relacionadas con los productos y servicios comercializados, intermediados o gestionados a través de las plataformas de la sociedad; h) La creación, adquisición, registro, desarrollo, administración, explotación, cesión y licenciamiento de toda clase de activos y derechos de propiedad intelectual e industrial, incluyendo software, códigos fuente, algoritmos, modelos, bases de datos, diseños, contenidos, marcas comerciales, nombres de dominio, patentes, invenciones, secretos empresariales, know-how, metodologías, procesos y demás activos intangibles relacionados directa o indirectamente con las actividades de la sociedad; i) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, desarrollo, implementación y transformación tecnológica y digital para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, en materias relacionadas con tecnología, inteligencia artificial, software, comercio electrónico, abastecimiento, experiencia digital, análisis de datos, marketing y desarrollo de negocios; j) La celebración de toda clase de actos, contratos, acuerdos, asociaciones, alianzas estratégicas, joint ventures y negocios con proveedores, fabricantes, distribuidores, operadores logísticos, empresas tecnológicas, comercios, marketplaces, instituciones financieras y cualesquiera otras personas naturales o jurídicas que resulten necesarios o convenientes para el desarrollo de las actividades precedentemente señaladas; y k) En general, la realización de todos los actos, contratos, operaciones y negocios que se relacionen directa o indirectamente con los objetos anteriores, que sean complementarios o conducentes a ellos, o que los accionistas acuerden desarrollar, siempre que sean lícitos”
Administración
Corresponderá a un Gerente General que administrará con amplias facultades señaladas en artículo décimo tercero escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, Notario Público, Titular Primera Notaría Independencia, Avda. Independencia N° 873, Independencia, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 14 de Septiembre de 2026, ante mí, don Raimundo Teodoro Alegría Zenteno, cédula de identidad N° 18.636.361-2, con domicilio en Camino La Fuente 990, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones, conforme a las disposiciones de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, siendo sus menciones más relevantes las siguientes: Nombre: “SERVICIOS DIGITALES RA SpA”, pudiendo usar para todos los efectos, incluso en los bancos el nombre de fantasía “SERVICIOS DIGITALES RA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: “a) El diseño, creación, desarrollo, programación, implementación, operación, explotación, comercialización, licenciamiento, mantención y administración de toda clase de programas computacionales, software, aplicaciones, plataformas tecnológicas y digitales, sitios web, sistemas informáticos, soluciones tecnológicas y demás productos o servicios digitales, propios o de terceros; b) El desarrollo, implementación, explotación y comercialización de tecnologías, sistemas, modelos, algoritmos, herramientas y soluciones basadas en inteligencia artificial, aprendizaje automático, análisis y procesamiento de datos, automatización, asistentes virtuales o conversacionales y, en general, cualquier otra tecnología destinada a facilitar, organizar, recomendar, personalizar, optimizar o automatizar procesos de búsqueda, selección, adquisición, abastecimiento y compra de bienes y servicios; c) La creación, desarrollo, administración y explotación de plataformas digitales destinadas a conectar consumidores, usuarios, comunidades, empresas, proveedores, fabricantes, distribuidores, comercializadores y prestadores de servicios, facilitando la búsqueda, selección, comparación, recomendación, organización, paquetización, cotización, adquisición, venta y contratación de toda clase de bienes y servicios; d) La creación, organización, desarrollo y comercialización de paquetes o conjuntos de productos y servicios, físicos o digitales, predeterminados, personalizados o editables, incluyendo sistemas de compras inteligentes, compras colectivas o comunitarias, abastecimiento de empresas, regalos corporativos, programas de beneficios y otras modalidades de comercialización y adquisición de bienes o servicios; e) La compra, venta, comercialización, distribución, importación, exportación, representación, consignación, intermediación y, en general, la adquisición y enajenación, por cuenta propia o ajena, a través de medios físicos o digitales, de toda clase de bienes muebles, productos, mercaderías y servicios permitidos por la ley; f) La prestación de servicios de intermediación, promoción, publicidad, marketing, generación de demanda, gestión comercial, gestión de proveedores, comercio electrónico, marketplaces, live shopping, programas de afiliación, alianzas comerciales y demás servicios relacionados con la comercialización y distribución de productos y servicios; g) El diseño, coordinación, administración y contratación, directamente o a través de terceros, de servicios de almacenamiento, despacho, transporte, distribución, fulfillment, entrega y demás actividades logísticas relacionadas con los productos y servicios comercializados, intermediados o gestionados a través de las plataformas de la sociedad; h) La creación, adquisición, registro, desarrollo, administración, explotación, cesión y licenciamiento de toda clase de activos y derechos de propiedad intelectual e industrial, incluyendo software, códigos fuente, algoritmos, modelos, bases de datos, diseños, contenidos, marcas comerciales, nombres de dominio, patentes, invenciones, secretos empresariales, know-how, metodologías, procesos y demás activos intangibles relacionados directa o indirectamente con las actividades de la sociedad; i) La prestación de servicios de asesoría, consultoría, desarrollo, implementación y transformación tecnológica y digital para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, en materias relacionadas con tecnología, inteligencia artificial, software, comercio electrónico, abastecimiento, experiencia digital, análisis de datos, marketing y desarrollo de negocios; j) La celebración de toda clase de actos, contratos, acuerdos, asociaciones, alianzas estratégicas, joint ventures y negocios con proveedores, fabricantes, distribuidores, operadores logísticos, empresas tecnológicas, comercios, marketplaces, instituciones financieras y cualesquiera otras personas naturales o jurídicas que resulten necesarios o convenientes para el desarrollo de las actividades precedentemente señaladas; y k) En general, la realización de todos los actos, contratos, operaciones y negocios que se relacionen directa o indirectamente con los objetos anteriores, que sean complementarios o conducentes a ellos, o que los accionistas acuerden desarrollar, siempre que sean lícitos”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de abrir sucursales u oficinas, en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000.- dividido y representado en 100 acciones sin valor nominal, sin series ni privilegios, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estatutos. Administración: Corresponderá a un Gerente General que administrará con amplias facultades señaladas en artículo décimo tercero escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura social. Santiago, 16 de septiembre de 2026. Alejandro Javier Guerra Pinto N.P.T.