MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

R & S VIVEROS LIMITADA

RUT 76004410-5 CVE 2875399
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
9 de junio de 2026
Notaría
Curicó

Instrumento

Fecha
9 de junio de 2026
Repertorio
3652
Comuna
Curicó

Sociedad

Capital
$3.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA OLGA ROJAS TREJO, notario Segunda Notaría de Curicó, suplente del titular JORGE EDUARDO MESSEN CONCHA, con oficio en calle Estado 280, certifica: Que por escritura pública hoy ante mí, Repertorio N° 3.652, comparecieron: don RICARDO ALFREDO SOMMER LOHRMANN, domiciliado en Isla de Marchant sin número, comuna y provincia de Curicó, doña MARISOL DEL CARMEN ALEMAN RIVADENEIRA, domiciliada en Isla de Marchant sin número, comuna y provincia de Curicó, INVERSIONES E INMOBILIARIA EL POTRERO SpA, domiciliada en Isla de Marchant sin número, comuna y provincia de Curicó, y CEDRUS INVESTMENTS SpA, domiciliada en Camino a Zapallar kilómetro 2,5 Casa 12, comuna y provincia de Curicó; quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “R & S VIVEROS LIMITADA”, RUT 76.004.410-5, inscrita a fs. 440 vuelta Nº 344 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2003, de la siguiente manera: (Uno) Aporte de Derechos Sociales a Inversiones e Inmobiliaria El Potrero SpA.- Por escritura pública de fecha 9 de junio de 2026, otorgada en la Notaría de Curicó de don Jorge Eduardo Messen Concha, Repertorio número 2.231, inscrita a fojas 249 vuelta número 217 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2026 y publicada en el Diario Oficial de fecha 13 de junio de 2026; modificada y rectificada por escritura pública de fecha 3 de julio de 2026, otorgada en la misma Notaría ante la Notario Suplente doña María Olga Rojas Trejo, Repertorio número 2.581, los socios don Ricardo Alfredo Sommer Lohrmann y doña Marisol del Carmen Alemán Rivadeneira aportaron en propiedad a la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA EL POTRERO SpA el noventa y nueve por ciento (99%) de sus derechos sociales en R & S VIVEROS LIMITADA. En consecuencia, con anterioridad a los acuerdos indicados a continuación, la participación social de R & S VIVEROS LIMITADA ha quedado estructurada de la siguiente manera: INVERSIONES E INMOBILIARIA EL POTRERO SpA, con el noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; RICARDO ALFREDO SOMMER LOHRMANN, con el cero coma ocho por ciento de los derechos sociales; y MARISOL DEL CARMEN ALEMÁN RIVADENEIRA, con el cero coma dos por ciento de los derechos sociales. (Dos) Aumento de Capital. INVERSIONES E INMOBILIARIA EL POTRERO SpA, debidamente representada, don RICARDO ALFREDO SOMMER LOHRMANN y doña MARISOL DEL CARMEN ALEMÁN RIVADENEIRA, acuerdan aumentar el capital social de $3.000.000 al nuevo de $6.000.000, aumento de $3.000.000 que se entera y paga en dinero efectivo por la sociedad CEDRUS INVESTMENTS SpA, debidamente representada, los cuales ingresan a la caja social. Por consiguiente, quedan como socios: a) INVERSIONES E INMOBILIARIA EL POTRERO SpA, con el 49,5 % de los derechos sociales; b) don RICARDO ALFREDO SOMMER LOHRMANN, con el 0,4 % de los derechos sociales; c) doña MARISOL DEL CARMEN ALEMÁN RIVADENEIRA, con el 0,1 % de los derechos sociales, y d) CEDRUS INVESTMENTS SpA, con el 50 % de los derechos sociales. (Tres) Los actuales socios modifican y sustituyen el Artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo a la administración y uso de la razón social, el cual queda como sigue: “QUINTO: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don RICARDO ALFREDO SOMMER LOHRMANN y a don RICARDO MIGUEL CHALHUB ZEDAN, quienes, anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la compañía con las facultades, modalidades y limitaciones detalladas escritura.- (Cuatro) Los socios acuerdan por unanimidad modificar la razón social de la compañía, la que en lo sucesivo será “VIVEROS R y R LIMITADA”. (Cinco) Se deja constancia que el fallecimiento de cualquiera de los socios no producirá la disolución de la sociedad, la que continuará con los herederos del socio fallecido. (Seis) En lo no modificado, rigen enteramente los estatutos sociales. Otras estipulaciones escritura extractada. Curicó, 16 septiembre 2026.