Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 5614-2026
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaria
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios médicos y de salud, en todas sus especialidades y modalidades, ya sea en forma directa a pacientes, o mediante convenios, contratos de prestación de servicios u otro tipo de acuerdos con clínicas, centros médicos, hospitales, consultorios, policlínicos, instituciones de salud previsional, el Fondo Nacional de Salud, aseguradoras, empresas u otras entidades o establecimientos de salud, públicos o privados, dentro o fuera de Chile. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá también dedicarse a las siguientes actividades complementarias o relacionadas con su giro principal: a) La prestación de servicios de apoyo clínico, diagnóstico, terapéutico, de enfermería, kinesiología, nutrición y demás prestaciones de salud afines; b) La prestación de servicios de telemedicina y de gestión clínica a distancia; c) La subcontratación y coordinación de otros profesionales de la salud para la ejecución de las prestaciones comprendidas en su giro; d) La celebración de convenios y contratos con instituciones de salud previsional (Isapres), el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), compañías de seguros, mutuales y demás entidades públicas o privadas, para la prestación de servicios médicos y de salud; e) La capacitación, docencia, investigación y desarrollo académico en el área de la salud, y la organización o participación en cursos, seminarios y actividades de formación médica continua; y f) El arriendo, administración o explotación de bienes muebles e inmuebles, instalaciones, equipamiento e instrumental médico necesarios para el desarrollo de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en calle Avenida La Dehesa 1450, local 1, comuna de Lo Barnechea, certifica: Que por escritura pública Repertorio 5614-2026, de fecha 16 de septiembre de 2026, ante mí: MARÍA ANGÉLICA MAYDANA constituyó sociedad por acciones cuyas estipulaciones principales son las siguientes: Nombre: ORQUÍDEA SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios médicos y de salud, en todas sus especialidades y modalidades, ya sea en forma directa a pacientes, o mediante convenios, contratos de prestación de servicios u otro tipo de acuerdos con clínicas, centros médicos, hospitales, consultorios, policlínicos, instituciones de salud previsional, el Fondo Nacional de Salud, aseguradoras, empresas u otras entidades o establecimientos de salud, públicos o privados, dentro o fuera de Chile. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá también dedicarse a las siguientes actividades complementarias o relacionadas con su giro principal: a) La prestación de servicios de apoyo clínico, diagnóstico, terapéutico, de enfermería, kinesiología, nutrición y demás prestaciones de salud afines; b) La prestación de servicios de telemedicina y de gestión clínica a distancia; c) La subcontratación y coordinación de otros profesionales de la salud para la ejecución de las prestaciones comprendidas en su giro; d) La celebración de convenios y contratos con instituciones de salud previsional (Isapres), el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), compañías de seguros, mutuales y demás entidades públicas o privadas, para la prestación de servicios médicos y de salud; e) La capacitación, docencia, investigación y desarrollo académico en el área de la salud, y la organización o participación en cursos, seminarios y actividades de formación médica continua; y f) El arriendo, administración o explotación de bienes muebles e inmuebles, instalaciones, equipamiento e instrumental médico necesarios para el desarrollo de su giro. En general, realizar cualesquiera actividades relacionadas directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con estos objetos a su propio nombre o por cuenta de terceros, y realizar todos los actos o contratos que se estimen necesarios o convenientes para su concreción. Capital: $2.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, de única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito a la constitución de la sociedad. MARÍA ANGÉLICA MAYDANA suscribe $2.000.000.- equivalentes a las 100 acciones de la Sociedad, pagando al contado y en dinero efectivo, ingresado a la caja social. Demás disposiciones en escritura extractada. Santiago, 16 de septiembre de 2026.