Inversiones y Asesorías AMSA Tres S.A.
Instrumento
- Fecha
- 4 de septiembre de 2026
- Repertorio
- 10525-/2026
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- 4° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $178.011 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
será la adquisición, tenencia y explotación de toda clase de bienes, particularmente inmuebles y bienes incorporales. En el desarrollo de su objeto social, la sociedad podrá: i) desarrollar toda clase de actividades propias del rubro inmobiliario, como por ejemplo, la compra, venta, arrendamiento, permuta, administración y en general la explotación a cualquier título, sea nombre propio o por cuenta de terceros, de bienes raíces y otros bienes corporales; giro que podrá desarrollar directamente o a través de otras sociedades y)o asociaciones; ii) La comercialización, en cualquiera de sus formas, compra, venta, permuta, arrendamiento, leasing, cesión u otra, de bienes raíces y de los lotes, sitios, parcelas o unidades resultantes, y en general la explotación de bienes raíces que adquiera o detente a cualquier título o que use y goce en cualquier forma; iii) La administración y explotación, a cualquier título, de bienes raíces propios o ajenos, y la prestación de servicios de asesoría y gestión inmobiliaria; iv) La representación de toda clase de empresas, negocios o marcas; /v) La inversión en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y en derechos en sociedades o comunidades, así como la percepción de los frutos y rentas de dichas inversiones; vi) En general, la realización de todos los actos, contratos y operaciones, y de todas las actividades lucrativas, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social o que sean conducentes a su cumplimiento; vii) Cualquier otro objeto, negocio o actividad, de la naturaleza que sea, que los socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, asociarse con terceros, celebrar toda clase de actos y contratos, y contraer las obligaciones que sean necesarias o conveniente; y viii) la realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, así como la inversión en sociedades de cualquier tipo, nacionales o extranjeras, asociaciones o cuentas en participación; así como también la inversión en toda clase de acciones, bonos, debentures, pagares y demás valores mobiliarios y de derechos sociales.- (iv)
Administración
corresponderá a don Salvador Said Somavía. En caso de fallecimiento, incapacidad legal o natural o renuncia del Administrador, la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá, en conjunto, a tres cualquiera de los señores doña Florencia Said Amunátegui, don Salvador Said Amunátegui, don José Domingo Said Amunátegui, don Juan Cristóbal Said Amunátegui y don Tomás Said Amunátegui (conjuntamente, los Hermanos Said Amunátegui). A contar del veinticuatro de enero de dos mil veintisiete, en caso de fallecimiento, incapacidad legal o natural o renuncia del administrador don Salvador Said Somavía, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá, conjuntamente con los Hermanos Said Amunátegui, a don Benjamín Said Amunátegui; los que la ejercerán conjuntamente actuando cuatro cualquiera de ellos. Todas las ausencias e impedimentos mencionados no será necesario acreditarlas ante terceros.- (vi)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la 4° Notaría de Santiago, con oficio en calle Carmencita N° 20, comuna de Las Condes, Certifico: Que por escritura pública de fecha 04 de septiembre del año 2026, Repertorio N° 10.525.-/2026, otorgada ante mí; se redujo el acta de junta extraordinaria de accionistas de Inversiones y Asesorías AMSA Tres S.A., sociedad inscrita a fojas 43.473 N°31056 del Registro de Comercio de Santiago de 2007, en representación de sus accionistas don Salvador Said Somavía e Inversiones y Asesorías AMSA SpA, todos domiciliados en Avenida Andrés Bello N°2687, piso 20, Las Condes, Santiago; en la que se acordó transformar la sociedad en una sociedad comercial de responsabilidad limitada y sustituir sus estatutos por los que se extractan a continuación: (i) Razón social: AMSA ACTIVOS INMOBILIARIOS LIMITADA, pudiendo usar como nombre de fantasía “AMSA Inmobiliarios” o “AMSA Ltda.”.- (ii) Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero.- (iii) Objeto: será la adquisición, tenencia y explotación de toda clase de bienes, particularmente inmuebles y bienes incorporales. En el desarrollo de su objeto social, la sociedad podrá: i) desarrollar toda clase de actividades propias del rubro inmobiliario, como por ejemplo, la compra, venta, arrendamiento, permuta, administración y en general la explotación a cualquier título, sea nombre propio o por cuenta de terceros, de bienes raíces y otros bienes corporales; giro que podrá desarrollar directamente o a través de otras sociedades y/o asociaciones; ii) La comercialización, en cualquiera de sus formas, compra, venta, permuta, arrendamiento, leasing, cesión u otra, de bienes raíces y de los lotes, sitios, parcelas o unidades resultantes, y en general la explotación de bienes raíces que adquiera o detente a cualquier título o que use y goce en cualquier forma; iii) La administración y explotación, a cualquier título, de bienes raíces propios o ajenos, y la prestación de servicios de asesoría y gestión inmobiliaria; iv) La representación de toda clase de empresas, negocios o marcas; /v) La inversión en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y en derechos en sociedades o comunidades, así como la percepción de los frutos y rentas de dichas inversiones; vi) En general, la realización de todos los actos, contratos y operaciones, y de todas las actividades lucrativas, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social o que sean conducentes a su cumplimiento; vii) Cualquier otro objeto, negocio o actividad, de la naturaleza que sea, que los socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, asociarse con terceros, celebrar toda clase de actos y contratos, y contraer las obligaciones que sean necesarias o conveniente; y viii) la realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, así como la inversión en sociedades de cualquier tipo, nacionales o extranjeras, asociaciones o cuentas en participación; así como también la inversión en toda clase de acciones, bonos, debentures, pagares y demás valores mobiliarios y de derechos sociales.- (iv) Capital: es la suma de $178.011, capital que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: i) don Salvador Said Somavía es titular del 99% del capital y los derechos sociales; y ii) Inversiones y Asesorías AMSA SpA, es titular del 1% del capital y los derechos sociales; aportes que se encuentran ingresados en las arcas sociales.- (v) Administración y uso de la razón social: corresponderá a don Salvador Said Somavía. En caso de fallecimiento, incapacidad legal o natural o renuncia del Administrador, la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá, en conjunto, a tres cualquiera de los señores doña Florencia Said Amunátegui, don Salvador Said Amunátegui, don José Domingo Said Amunátegui, don Juan Cristóbal Said Amunátegui y don Tomás Said Amunátegui (conjuntamente, los Hermanos Said Amunátegui). A contar del veinticuatro de enero de dos mil veintisiete, en caso de fallecimiento, incapacidad legal o natural o renuncia del administrador don Salvador Said Somavía, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá, conjuntamente con los Hermanos Said Amunátegui, a don Benjamín Said Amunátegui; los que la ejercerán conjuntamente actuando cuatro cualquiera de ellos. Todas las ausencias e impedimentos mencionados no será necesario acreditarlas ante terceros.- (vi) Duración: indefinida.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones, en escritura extractada. Santiago, 10 de septiembre del año 2026.- Cosme Fernando Gomila Gatica. Notario Público Titular.- AVB.