CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LAS LOICAS 40 LIMITADA

CVE 2875235
Fecha instrumento
25 de agosto de 2026

Instrumento

Fecha
25 de agosto de 2026
Repertorio
5921-2026

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 25 de agosto del año 2026, Repertorio N° 5.921 - 2.026, doña María Carolina Correa Munita; don Luis Felipe Vial Altamirano; doña María Carolina Vial Correa; doña María Elisa Vial Correa; y don Luis Felipe Vial Correa, todos los anteriores con domicilio para estos efectos en Avenida El Tranque número doce mil cuatrocientos cuarenta, departamento cuatrocientos dos A, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada denominada INVERSIONES LAS LOICAS 40 LIMITADA, con domicilio en Santiago, y cuyo objeto es efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, incluyendo acciones, derechos en sociedades de personas, cuotas de fondos y toda clase de participaciones en negocios cualquiera sea su denominación, valores mobiliarios, bonos, debentures, derechos, pagarés y otros títulos de crédito, documentos financieros o comerciales, su administración y la percepción de las rentas que de ello deriven, así como también cualquier otro acto o negocio lícito que complemente los anteriores o sea una consecuencia de los mismos. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a uno cualquiera de los socios doña María Carolina Correa Munita y don Luis Felipe Vial Altamirano, quienes podrán actuar separada e indistintamente. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que es aportado y pagado por los socios, con dinero efectivo, como sigue: a) doña María Carolina Correa Munita aporta la suma de cincuenta mil pesos, equivalente a un cinco por ciento del capital social; b) don Luis Felipe Vial Altamirano aporta la suma de cincuenta mil pesos, equivalente a un cinco por ciento del capital social; c) doña María Carolina Vial Correa aporta la suma de trescientos mil pesos, equivalente a un treinta por ciento del capital social; d) doña María Elisa Vial Correa aporta la suma de trescientos mil pesos, equivalente a un treinta por ciento del capital social; y e) don Luis Felipe Vial Correa aporta la suma de trescientos mil pesos, equivalente a un treinta por ciento del capital social. Todos los aportes se enteran al contado, en dinero efectivo, que ingresan en este acto a la caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La sociedad rige desde la fecha de la escritura y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil treinta y cinco, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que se deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de septiembre de 2026.